Indemnización procedente en caso de válida extinción del contrato de relevo (RS 43/20 20 de Octubre de 2020 al 26 de Octubre de 2020)

En el caso de válida extinción del contrato de relevo procede abonar la indemnización prevista legalmente para la finalización válida de los contratos temporales y no la indemnización fijada para el despido por causas objetivas.

Reformas relativas a la contratación laboral: el nuevo régimen de la contratación temporal y, en particular, el límite del contrato para obra o servicio determinado y cambios en el encadenamiento de contratos. El contrato para el fomento de la contratación indefinida

Artículo publicado en Actum Social nº 47. Enero 2011 Mª Lourdes Arastey Sahún Magistrada de la Sala IV (Social) del Tribunal Supremo ÍNDICE1.INTRODUCCIÓN 1.1.Las reformas de junio y de septiembre: Situación social y Objetivos 1.2.Los cambios tras la reforma de 2010: Mantenimiento […]