Se aprueba el modelo 193 resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del IS y del IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes.
Se modifica el modelo 193 resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del IS e IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes.
Se modifica el modelo 193 resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del IS e IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes.
Las retribuciones que una empresa española paga a estudiantes no residentes por la realización de prácticas en su oficina en España se encuentran sujetas y no exentas de IRNR, debiendo aplicarles el tipo de retención previsto.
Se regula la presentación del impuesto para las entidades que se hayan acogido a la ampliación de plazos de formulación y aprobación de las cuentas anuales; se amplía, hasta el 30-11-2020, el plazo de presentación de documentos ante la Hacienda Foral de Navarra para las fundaciones que se hayan acogido a la mencionada ampliación de plazos; se crea la deducción para la transformación digital de las empresas; y se aplica sin sujeción al límite del 25% de la cuota líquida, la deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2019 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Existe obligación de practicar retención a cuenta del IRNR sobre los intereses satisfechos a una sociedad holding residente en un Estado miembro de la Unión Europea cuando el beneficiario efectivo es otra sociedad no residente en la Unión.
Una entidad sin ánimo de lucro que alquila una vivienda a una persona física para cederla de forma gratuita con posterioridad al colectivo de beneficiarios con el que trabajan ha de practicar retención sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento del inmueble.
Resulta necesaria la aportación de la certificación emitida por las entidades domiciliadas, residentes o representadas en España, que paguen por cuenta ajena rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta o que sean depositarias o gestionen el cobro de las rentas de valores para que una entidad no residente acredite las retenciones soportadas. En paralelo, también se obliga a las primeras entidades a presentar la declaración anual de retenciones.