Se introducen modificaciones de carácter técnico en el reglamento del impuesto a efectos de la información de las operaciones de bienes en consigna, y el plazo para proporcionarla.
Con efectos generales 29-4-2021 y como consecuencia de la transposición de la Quinta Directiva, se modifica la norma interna sobre blanqueo de capitales para adaptar su contenido a la legislación europea.
Se introducen novedades en relación con las sociedades patrimoniales, las pérdidas por deterioro derivadas de insolvencias, la compensación para fomentar la capitalización empresarial, los bienes o derechos no contabilizados o no declarados, los incentivos para el fomento de la cultura y el régimen de reestructuración empresarial.
El presente decreto foral normativo establece por un lado, una batería de medidas para hacer frente a la crisis generada por el COVID-19 y, por otro lado, adecúa la normativa foral del impuesto a las modificaciones establecidas en la LIVA por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2021.
Se aprueban en Gipuzkoa los modelos 670, 671 y 672 de autoliquidación del ISD para adaptarlos a las numerosas modificaciones que han afectado al impuesto y para que sea posible presentarlos por medios telemáticos, ya que hasta entonces solo se permitía su presentación en formato papel.
Se introducen novedades en el régimen fiscal de reestructuración empresarial en el IS de Araba. Destacan la regulación de un límite adicional aplicable a la deducibilidad de gastos financieros dentro del régimen especial y la subrogación en relación con las bases imponibles negativas pendientes de compensar en la entidad transmitente para el supuesto de transmisión de una rama de actividad cuyos resultados las hubieran generado.
En el IRPF se introduce una exención a las indemnizaciones reconocidas conforme a la L 12/2016, se modifica la regla especial de imputación de determinadas ayudas públicas recibidas para la primera instalación por jóvenes agricultores, y se eliminan los pagos fraccionados bimensuales. En el IP se introducen modificaciones de carácter técnico.
Con efectos para los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2021 se introducen modificaciones que afectan principalmente a la definición de valor razonable y a la norma de registro y valoración de los instrumentos financieros.
La normativa foral se adapta a las modificaciones realizadas en la LIVA, en el contexto de la lucha contra los efectos negativos del COVID-19. También, mediante este decreto foral legislativo se realizan adaptaciones con el fin de que se apliquen en Navarra idénticas normas sustantivas y formales a las vigentes en el Estado.