Indemnización por vulneración de derechos fundamentales en caso de improcedencia del despido (RS 13/21 30 de Marzo de 2021 al 05 de Abril de 2021)

Cuando se produce una vulneración de los derechos fundamentales, el órgano judicial está obligado a pronunciarse sobre la indemnización por daños y perjuicios, aunque el despido se declare improcedente y no nulo. La falta de este pronunciamiento vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva.

Consideración del despido de trabajadora producido 8 días después de vencer los 9 meses desde el nacimiento de la hija

Se considera discriminatorio por razón de sexo el despido de una trabajadora cuando se produce 8 días después de haber transcurrido 9 meses desde el nacimiento de su hija, por inversión de la carga de la prueba, cuando el empresario no aporta ninguna de la razonabilidad de su medida.

Garantía de indemnidad: inversión de la carga de la prueba e indemnización por daños morales y perjuicios sufridos

La alegación de la garantía de indemnidad permite la inversión de la carga de la prueba. En el caso concreto el actor prueba indicios de que su despido se debía a la sostenida defensa realizada de sus derechos laborales, mientras que la empresa no acredita ni la causa del despido, ni que los hechos que lo motivaron fueran ajenos a la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Acreditada tal vulneración, el despido se declara nulo y se reconoce la indemnización por daños morales reclamada por el trabajador, al amparo de la normativa procesal. El tribunal aplica como criterio orientador la sanción administrativa establecida en la LISOS por tal infracción empresarial en su cuantía mínima.

Indemnización superior a la tasada por la finalización del contrato para obra o servicio determinado suscrito en el sector privado

A la finalización del contrato de obra o servicio determinado suscrito con una empresa privada para la realización de funciones de conserjería, vigilancia y limpieza en una determinada comunidad de propietarios, le es de aplicación la reciente jurisprudencia comunitaria, por la que se reconoce el derecho de los trabajadores con contratos de duración determinada a recibir, en el caso de terminación del contrato, una indemnización de 20 días por año trabajado al entender la causa de la extinción es análoga a las del despido objetivo.

Despido durante la baja por enfermedad

No es discriminatorio el despido durante la situación de incapacidad temporal, cuando el despido disciplinario de una trabajadora -junto con otras tres de un equipo de nueve también de baja médica- se funda en la repercusión negativa en el rendimiento laboral, pues no existe un elemento de segregación o tiene como móvil la estigmatización de las personas enfermas. Tampoco puede equipararse la enfermedad a la discapacidad que sí es causa de discriminación.

Despido durante la baja por enfermedad

No es discriminatorio el despido durante la situación de incapacidad temporal, cuando el despido disciplinario de una trabajadora -junto con otras tres de un equipo de nueve también de baja médica- se funda en la repercusión negativa en el rendimiento laboral, pues no existe un elemento de segregación o tiene como móvil la estigmatización de las personas enfermas. Tampoco puede equipararse la enfermedad a la discapacidad que sí es causa de discriminación.

Jurisprudencia y doctrina unificada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (de enero a abril de 2012)

Artículo publicado en Actum Social nº 63. Mayo 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]

La prueba en el proceso laboral en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Artículo publicado en Actum Social nº 62. Abril 2012 Ricardo Bodas Martín Presidente Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ÍNDICE I. PRINCIPIOS DEL PROCESO DE TRABAJO II. OBJETIVO DE LA PRETENSIÓN III. OPOSICIÓN A LA DEMANDA IV. RÉGIMEN […]