Cómputo de los días de permanencia en territorio español (RF 24/23 13 de Junio de 2023 al 19 de Junio de 2023)

El concepto de permanencia por más de 183 días durante el año natural en territorio español se integra por el cómputo agregado de tres niveles de días: la presencia certificada, los días presuntos y las ausencias esporádicas.

Cómputo de los días pasados en España durante el estado de alarma a efectos de la residencia fiscal en nuestro país (RF 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

Los días pasados en nuestro país durante la duración del estado de alarma cuentan a efectos de determinar la residencia fiscal en España.

Declaración del estado de alarma para afrontar la emergencia provocada por el COVID-19 (RF 11/20 10 de Marzo de 2020 al 16 de Marzo de 2020)

Con efectos desde el 14-3-2020 se declara el estado de alarma en todo el territorio nacional, en principio, durante 15 días con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19.

Concepto de ausencias esporádicas a efectos de la consideración de contribuyente por el IRPF

En el caso de estudiantes becados en el extranjero por el Instituto de Comercio Exterior (ICEX) por períodos prolongados de tiempo, la ausencia del territorio español necesaria para cumplir los requisitos de la beca no es una ausencia esporádica a los efectos de determinar la permanencia en España por tiempo superior a 183 días durante el año natural y, con ello, su residencia habitual en España. El propósito de volver a España al término de la beca es indiferente desde el punto de vista de la residencia, una vez establecido que en el ejercicio de que se trata la ausencia supera los 183 días.

Nuevo Convenio Colectivo aplicable a los jugadores de balonmano profesional.

Nuevo convenio colectivo que establece y regula las normas por las que han de regirse las condiciones de trabajo de los balonmanistas profesionales que prestan sus servicios para los clubes de balonmano o entidades deportivas integrados en la Liga ASOBAL, así como los derechos y obligaciones exigibles entre ellos.

Tributación de trabajadores españoles desplazados a Perú

Los trabajadores desplazados españoles que tengan la consideración de residentes fiscales en Perú, sólo estarán sujetos a retención por rentas satisfechas por una entidad española por las retribuciones que deriven directa o indirectamente de una actividad personal desarrollada en territorio español. Si el trabajador realiza su trabajo efectivo en Perú, sus retribuciones no estarán sujetas a tributación en España.

Sentencias sociales del Tribunal Constitucional y del TEDH en el segundo trimestre del 2012

Artículo publicado en Actum Social nº 65-66. Julio/Agosto 2012 Magdalena Nogueira Guastavino Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ex Letrada del Tribunal Constitucional Jesús Mercader Uguina Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social […]