Fecha de extinción del abono del subsidio de incapacidad temporal (RS 23/22 07 de Junio de 2022 al 13 de Junio de 2022)

Tras declarar que concurre afectación general para acceder al recurso de suplicación, el TS determina que si el INSS acuerda el alta médica, una vez agotado el plazo de duración de la incapacidad temporal de 365 días, el trabajador tiene derecho a percibir el subsidio hasta la fecha en que le es notificada la resolución administrativa.

Abono del complemento del subsidio por IT establecido en convenio colectivo cuando se extingue la relación laboral. (RS 05/21 02 de Febrero de 2021 al 08 de Febrero de 2021)

La extinción de una relación laboral no implica que la empresa deje de abonar el complemento de la prestación de IT regulado en convenio colectivo, sino que este se extiende hasta la finalización de la propia incapacidad temporal.

Subsidio extraordinario para las personas integradas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

A partir del 2-4-2020 los empleados de hogar incluidos en la Seguridad Social pueden percibir un subsidio extraordinario si, a consecuencia del estado de alarma, han cesado en su actividad.

Efectos del alta médica por agotamiento del plazo máximo

El subsidio de incapacidad temporal por alta por agotamiento del plazo máximo de ha de abonar hasta la fecha la de la notificación de la resolución administrativa por la que se emite dicha alta.

Jurisprudencia y doctrina unificada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (de enero a abril de 2012)

Artículo publicado en Actum Social nº 63. Mayo 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]

Tramitación de las ayudas económicas del programa de recualificación profesional de desempleados

Determinación de la forma y plazos de presentación de las solicitudes, así como la tramitación y pago de las ayudas previstas, dentro del programa de recualificación profesional, para los desempleados que agoten su protección de desempleo (RDL 1/2011 art.2 y 3; RDL 10/2011 disp.adic.13ª)