Responsabilidad del administrador con cargo caducado (RF 18/23 02 de Mayo de 2023 al 08 de Mayo de 2023)

La caducidad del cargo de administrador no exime a este de seguir desempeñando sus funciones hasta el nombramiento formal y con efectos frente a terceros de quien vaya a sucederle. Y es preceptivo para quien mantiene tal condición convocar junta cuando concurra causa legal de disolución, sin perjuicio y con independencia de la junta que pueda convocarse para renovar el órgano de administración.

La reforma de la Ley de la jurisdicción laboral. Innovaciones introducidas, valoración crítica y visión global

Artículo publicado en Actum Social nº 59. Enero 2012 María Luisa Segoviano Astaburuaga Magistrada del Tribunal Supremo. Sala IV. Vigo, 25 de noviembre de 2011   ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1. Demanda 2. Admisión de la demanda 3. […]