Despido objetivo improcedente por defectos formales, readmisión y nuevo despido inmediato por las mismas causas (RS 38/21 21 de Septiembre de 2021 al 27 de Septiembre de 2021)

Declarada la improcedencia del despido objetivo- por causas económicas- por defectos de los requisitos formales esenciales, la relación laboral se recompone con la opción por la readmisión, por lo que el empresario puede efectuar un nuevo despido -subsanando los defectos- en el momento de la incorporación del trabajador, sin que sea necesario que se produzca, previamente, una efectiva prestación de servicios.

La reforma de la Ley de la jurisdicción laboral. Innovaciones introducidas, valoración crítica y visión global

Artículo publicado en Actum Social nº 59. Enero 2012 María Luisa Segoviano Astaburuaga Magistrada del Tribunal Supremo. Sala IV. Vigo, 25 de noviembre de 2011   ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1. Demanda 2. Admisión de la demanda 3. […]