Un contribuyente mayor de 65 años propietario del 50% de una vivienda adquirida en gananciales, que ha venido constituyendo su vivienda habitual, adjudicándose al mismo tras el divorcio de su ex cónyuge la parte de dicha vivienda que correspondía a este último, puede aplicar la exención a la ganancia patrimonial derivada de su transmisión, requiriendo para ello que esta haya constituido su residencia de manera efectiva y por un período de permanencia mínimo de tres años continuados desde la adquisición de la cuota indivisa.
Entre otras medidas, se eliminan los límites establecidos para la aplicación de alguno de los tipos reducidos del impuesto en el territorio de esta comunidad autónoma y se amplía la vigencia de los beneficios fiscales aprobados para minorar los efectos de los terremotos acaecidos en la ciudad de Lorca.
Se prorrogan los plazos relacionados con la inversión en vivienda habitual, tales como el de materialización de cantidades depositadas en cuenta vivienda, ejecución de obras en construcción, pagos a cuenta al promotor y el de reinversión en caso de transmisión de la vivienda habitual con posterioridad a la adquisición de una nueva.
Cuando la transmisión no llega a efectuarse por causa imputable al comprador, las cantidades percibidas por el vendedor en concepto de arras constituyen una ganancia patrimonial a incluir en la base imponible general, en el período impositivo en que este pueda proceder a su ejecución, en los términos del contrato.
Se amplían ciertos plazos relacionados con el tratamiento de la inversión en vivienda habitual, a efectos de la deducción en el impuesto y de la exención por reinversión de la misma.
Se amplían ciertos plazos relacionados con el tratamiento de la inversión en vivienda habitual, con el requisito de la ocupación efectiva y permanente para que la vivienda tenga carácter de residencia habitual, y con el de la deducción por la constitución de entidades por las personas trabajadoras.
17 Con efectos a partir del 29-4-2020, se flexibilizan determinados tratamientos tributarios en el IRPF. Entre ellos destacan los siguientes:a)Deducción por adquisición de vivienda habitual. En relación con esta deducción, se establece lo siguiente:1. Materialización de las cantidades depositadas en […]
18 En la deducción por vivienda habitual, se introducen, con efectos a partir del 1-1-2020, diversas modificaciones distinguiendo entre:a) Alquiler de vivienda habitual. En los supuestos en los que, por decisión judicial, se haya establecido la obligación de pagar el […]
Un contribuyente mayor de 65 años que es titular del derecho de superficie sobre su vivienda habitual, correspondiendo la titularidad del suelo a una entidad de la que es socio, puede aplicar la exención a la ganancia patrimonial obtenida en su transmisión.