Se regula un fraccionamiento excepcional, sin intereses de demora y sin necesidad de presentar ningún tipo de garantía, a favor de los contribuyentes que desarrollen actividades económicas y se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Se adoptan medidas de flexibilización de ciertos tratamientos tributarios, ampliando plazos que se encuentran establecidos en la legislación vigente y de cuyo cumplimiento deriva la operatividad de regímenes específicos y deducciones de la cuota.
Se aprueban medidas tributarias para apoyar al contribuyente y a la actividad económica tan perjudicada por la crisis, y se prorrogan para el ejercicio 2021 algunas de las medidas ya aprobadas para el 2020.
En el caso de sociedad civil con personalidad jurídica, el acceso a la exención de los socios ha de producirse en los términos y con los requisitos establecidos en la LIP para la exención de las participaciones en entidades.
Se establece el uso obligatorio de herramientas tecnológicas de control en los sistemas facturación de las personas que realizan actividades económicas, mediante la utilización de TicketBAI.
Tras la aprobación del aplazamiento excepcional de deudas tributarias para hacer frente a la situación generada por el coronavirus, se regulan los efectos del impago de las cuotas aplazadas, y la posibilidad de que los contribuyentes acogidos al aplazamiento ejerciten su renuncia.
Se actualizan las condiciones y requisitos generales para la presentación por vía telemática a la Hacienda Foral de declaraciones y autoliquidaciones, por los obligados tributarios.
Se declaran exentas las prestaciones percibidas en concepto de ingreso mínimo vital así como también ciertas ayudas públicas dirigidas a paliar los efectos del coronavirus. Se exonera a los contribuyentes que desempeñan actividades económicas, de autoliquidar e ingresar el tercer pago fraccionado del año 2020.