Novedades para los trabajadores autónomos (RF 30/22 01 de Agosto de 2022 al 01 de Agosto de 2022)

Con efectos a partir de 1-1-2023, las personas físicas en el Régimen Especial de Autónomos o en el de Trabajadores del Mar están en todo caso obligados a presentar declaración por el Impuesto.

Autónomos: modificaciones en el régimen de afiliación, altas y bajas y en la cobertura de determinadas contingencias (RS 26/22 28 de Junio de 2022 al 04 de Julio de 2022)

En fecha 2-1-2023 entrarán en vigor las modificaciones efectuadas en materia de afiliación, altas y bajas de los trabajadores autónomos, tendentes a reforzar la información que ha de facilitar ese colectivo y dando carácter prioritario de la tramitación electrónica de los procedimientos de alta, baja y variación de datos.

Novedades en relación a las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social (RF 26/22 28 de Junio de 2022 al 04 de Julio de 2022)

Con efectos a partir del 2-7-2022, se establece un nuevo límite de reducción en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, adicional al límite general de 1.500 euros anuales, y aplicable a las aportaciones a los planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores por cuenta propia o de autónomos de nueva creación. Asimismo, se equipara el tratamiento fiscal de los productos paneuropeos de pensiones individuales al de los planes de pensiones.

Nueva modificación de la prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por la declaración del estado de alarma (RS 15/20 07 de Abril de 2020 al 13 de Abril de 2020)

Se modifica nuevamente, con efectos desde el 9-4-2020, el contenido de la prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por la declaración del estado de alarma, delimitando los beneficiarios de la prestación, entre los que se incluyen a los trabajadores autónomos agrarios y a los autónomos del mar, y posibilitando su compatibilidad con cualquier otra prestación de la Seguridad Social. Asimismo, se recoge expresamente la no necesidad de causar baja en el RETA para tener derecho a la prestación y la no obligación de cotizar durante su percepción. Por último, se añade que el reconocimiento de la prestación se hace mediante resolución provisional que se va a revisar finalizado el estado de alarma.

Modificación de la prestación extraordinaria por cese de actividad por suspensión de la actividad o reducción de la facturación como consecuencia de la declaración del estado de alarma (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Se prevén las formas en que se puede acreditar el requisito de reducción de la facturación y la forma de calcular dicha reducción en el caso de trabajadores autónomos de la cultura y trabajadores agrarios estacionales. Por otro lado, para los casos de suspensión de la actividad, no va a ser objeto de recargo la cotización, no abonada en plazo, correspondiente a los días de actividad en el mes de marzo de 2020 no cubiertos por la prestación.

Modificaciones en la prestación por cese de actividad

Con efectos de 1-1-2019 se modifica la LGSS en relación a la prestación por cese de actividad del trabajador autónomo, afectando a su objeto, acción protectora, nacimiento, duración, suspensión y cotización.

Cotización en el RETA a patir del 1 de enero de 2019

El RDL de medidas urgentes en materia laboral incrementa las cuantías de las bases mínimas de cotización en este régimen especial y modifica los tipos de cotización, así como algunos beneficios como la tarifa plana.

Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2018-2020

El nuevo Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social establece sus prioridades de actuación dirigidas, fundamentalmente, a lograr la calidad en el empleo, la sostenibilidad del Sistema, la inserción e integración de los inmigrantes vinculada al empleo y la igualdad y no discriminación por razón de sexo.

Novedades en la regulación de la cotización por la prestación por incapacidad temporal de los trabajadores autónomos

Adecuación de la regulación de la cotización por IT a la nueva regulación sobre el nacimiento y extinción de la obligación de cotizar a este régimen especial.

Nuevo régimen de la bonificación durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción adopción y otras situaciones análogas

Desde el 26-10-2017, procede esta bonificación siempre que el periodo de descanso tenga una duración de al menos un mes, con independencia de que el autónomo haya sido o no sustituido mediante un contrato de interinidad bonificado, obteniéndose la bonificación sobre la cuota resultante de aplicar el tipo obligatorio correspondiente a la base media que tenga el trabajador en los 12 meses anteriores a la fecha en la que se acoja a la medida.