Acceso a la pensión de viudedad de pareja de hecho víctima de violencia de género (RS 12/20 17 de Marzo de 2020 al 23 de Marzo de 2020)

Aunque exista maltrato, las parejas de hecho deben convivir los 5 años anteriores al fallecimiento para tener derecho a la pensión de viudedad porque solo se contempla para parejas de hecho actuales pero no para parejas de hecho históricas. No se aplica analógicamente la regulación prevista para parejas con vínculo matrimonial.

Valoración de la prueba para calificar a una mujer como víctima de violencia de género a efectos de pensión de viudedad

La prueba para acreditar la situación de violencia de género al tiempo de la separación matrimonial, a efectos de reconocimiento de una pensión de viudedad, debe ser interpretada con perspectiva de género, de una manera flexible valorando los indicios aportados y el contexto en el que se producen.

Valoración de la prueba para calificar a una mujer como víctima de violencia de género a efectos de pensión de viudedad

La prueba para acreditar la situación de violencia de género al tiempo de la separación matrimonial, a efectos de reconocimiento de una pensión de viudedad, debe ser interpretada con perspectiva de género, de una manera flexible valorando los indicios aportados y el contexto en el que se producen.

Pensión de viudedad de víctima, divorciada sin derecho a pensión compensatoria, que reanuda convivencia

La cónyuge divorciada del causante y víctima de violencia de género tiene derecho a la pensión de viudedad, aunque no se hubiera fijado pensión compensatoria en la sentencia de divorcio, y con independencia de que hubiere constituido posteriormente una pareja de hecho con su anterior esposo.

Novedades en materia de Seguridad Social introducidas por la L 3/2012 y por la L 2/2012

Artículo publicado en Actum Social nº 64. Junio 2012 Joaquín Mur Torres Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social ÍNDICEI.L 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (procedente del RDL 3/2012, […]