Totalización de períodos con sistemas de Seguridad Social de capitalización (RS 07/23 14 de Febrero de 2023 al 20 de Febrero de 2023)

Si el asegurado a un sistema de capitalización individual en Andorra, Bolivia, Chile, Colombia, El Salvador, Méjico, Perú o República Dominicana retira totalmente las aportaciones realizadas, no tiene derecho a su totalización por España, al amparo de un convenio bilateral, pues no existen períodos foráneos. Si la retirada es parcial la totalización de los períodos restantes se hará sobre el remanente, en proporción al porcentaje que dicho retiro suponga sobre el monto total de la cuenta de capitalización.

Derecho de los inactivos nacionales de otro Estado miembro a una prestación familiar de Seguridad Social durante los primeros tres meses de estancia (RS 39/22 27 de Septiembre de 2022 al 03 de Octubre de 2022)

Durante los tres primeros meses de estancia temporal los ciudadanos inactivos nacionales de otro Estado miembro gozan de residencia legal y se benefician de la igualdad de trato prevista en los Reglamentos de coordinación respecto de las prestaciones de Seguridad Social. Si un Estado limita el acceso de estos nacionales comunitarios a prestaciones familiares de Seguridad Social incurre en una discriminación directa por razón de la nacionalidad que no puede tener amparo en las excepciones previstas únicamente respecto de la asistencia social en la Directiva sobre libre circulación. En todo caso, el solicitante debe haber establecido su residencia habitual en el Estado de acogida.

Concepto de sede o domicilio de la empresa y procedimiento de determinación de la ley aplicable (RS 14/22 05 de Abril de 2022 al 11 de Abril de 2022)

La mera presencia del domicilio social de una empresa en un Estado miembro no es criterio suficiente para identificar su sede a los efectos de determinar la ley nacional de Seguridad Social aplicable a un trabajador que desempeña su actividad normalmente en dos o más Estados miembros, pues se han de tener en cuenta una serie de factores que el Tribunal apunta. Por otro lado, se clarifica que la Institución del Estado de residencia cuando determine provisionalmente esa ley aplicable debe informar a las instituciones nacionales involucradas y designadas como competentes, sin que baste con que le llegue la información a través del trabajador o la empresa involucrada. Aunque esa decisión provisional haya adquirido firmeza cabe la impugnación por una institución involucrada, pudiendo dar lugar a una anulación retroactiva.

Actualización y complemento por mínimos de pensiones calculadas a prorrata temporis y concurrencia con pensiones extranjeras (RS 04/22 25 de Enero de 2022 al 31 de Enero de 2022)

Procedimiento para la revalorización y aplicación del complemento por mínimos a una pensión calculada a prorrata temporis en virtud de normas internacionales o Reglamentos de coordinación de la UE. Posibilidad de complementar la pensión prorrata del residente en España si la suma de todas las pensiones percibidas no alcanza el mínimo, incluidas las pensiones foráneas que se consideran ingresos o rendimientos de trabajo, salvo previsión contraria en la normativa de coordinación comunitaria o internacional.

Desplazamiento: criterios para determinar que una ETT realiza una actividad sustancial en el Estado de origen (RS 49/21 07 de Diciembre de 2021 al 13 de Diciembre de 2021)

No cabe aplicar la norma de conflicto especial del desplazamiento a favor de una ETT que no lleve a cabo en absoluto cesiones a usuarias en el propio Estado de establecimiento o no las haga de manera significativa. Aunque las actividades de selección, contratación y afiliación no son tareas de gestión interna, no son suficientes para avalar la excepción a la lex loci laboris, porque no evitan el forum shopping o elección de la norma de Seguridad Social que resulte más favorable, lo que puede distorsionar la competencia.

Único contrato empresarial para realizar trabajo sucesivo en diferentes Estados miembros por períodos superiores a 12 meses ininterrumpidos (RS 47/21 23 de Noviembre de 2021 al 29 de Noviembre de 2021)

No se puede expedir un PD A1 a favor de trabajadores que ejercen normalmente una actividad por cuenta ajena en dos o más Estados miembros cuando se trata de trabajadores que en el marco un único contrato de trabajo celebrado con un único empresario y que prevé el ejercicio de una actividad profesional en varios Estados miembros, trabaja: durante varios meses sucesivos, únicamente en el territorio de cada uno de esos Estados miembros, cuando la duración de los períodos ininterrumpidos de trabajo efectuados en cada uno de esos Estados miembros excede de 12 meses.

Desempleo total a favor de trabajadores no fronterizos que residen en otro Estado miembro y reciben prestaciones de IT (RS 46/21 16 de Noviembre de 2021 al 22 de Noviembre de 2021)

Las reglas especiales para trabajadores no fronterizos en desempleo total, que les permiten recibir prestaciones de desempleo del Estado de residencia, se aplican a quienes antes de quedar en desempleo no trabajaban si no que estaban en IT percibiendo prestaciones del último Estado de empleo. Esta posibilidad se supedita al requisito de que, conforme a la legislación del Estado de empleo, la percepción de tales prestaciones de IT se asimile al ejercicio de una actividad por cuenta ajena. Por otro lado, la razón del cambio de residencia que activa esta excepción es irrelevante, pudiendo ser razones familiares.

Prórroga de ciertas medidas de contingencia establecidas por España ante el Brexit (RS 43/21 26 de Octubre de 2021 al 01 de Noviembre de 2021)

Se prorrogan hasta el 31-12-2021 las medidas de contingencia relativas al acceso a la asistencia sanitaria respecto de Gibraltar y el canje de permisos de circulación expedidos por Reino Unido y Gibraltar. También se prorrogan por, por dos cursos adicionales (2022-2023 y 2023-2024), el régimen aplicable a los alumnos procedentes de los sistemas educativos del Reino Unido en su acceso al sistema universitario español.

Actualización del Anexo I del Acuerdo de Retirada del Reino Unido de la UE con las Recomendaciones y Decisiones de la CACSS relevantes (RS 42/21 19 de Octubre de 2021 al 25 de Octubre de 2021)

Desde el 16-10-2021 se modifica la parte
l del Anexo I del Acuerdo de RetiradaEDL 2020/1627

, con la intención de incluir ciertas Decisiones de la Comisión Administrativa de Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social (nº E6, S9, S11 H9, H10 y H11) y las Recomendaciones nº A1 y H2 de ese mismo organismo. Se eliminan del Anexo las Decisiones nº S9 y H8 que han sido sustituidas.

Puesta en marcha de la Reserva de Adaptación al Brexit de la UE (RS 40/21 05 de Octubre de 2021 al 11 de Octubre de 2021)

El 8-10-2021 la UE puso en marcha el Fondo de Reserva de Adaptación al Brexit de carácter excepcional y con una finalidad específica de sufragar total o parcialmente el gasto adicional en que incurren las Administraciones públicas para contrarrestar los efectos del Brexit en las regiones y sectores más afectados. Las medidas de compensación, siempre de desarrollo sostenible, y enfocadas a crear empleo de calidad, abarcan desde principios de 2020 hasta el final de 2024. La Comisión debe ejecutar el presupuesto asignado a la Reserva en régimen de gestión compartida con los Estados miembros que, a su vez, deben garantizar el uso coordinado de la reserva con otros fondos y programas de la Unión, en particular mediante consultas con las autoridades locales y regionales pertinentes, según proceda.