El TS reitera que el trabajador que ha agotado el plazo máximo en situación de IT sin declararse la incapacidad permanente, tiene derecho a la prestación por una nueva IT por la misma patología iniciada antes de transcurrir 180 días desde la IT anterior. El INSS no puede ser discrecional y denegar la prestación sólo por tratarse de la misma o similar patología que la IT precedente, sino que debe basarse en otros datos objetivos, como la posibilidad del trabajador de recuperar su capacidad laboral.
La DGOSS ha determinado los efectos del fin de la crisis sanitaria sobre la consideración de situaciones asimiladas o derivadas de accidente de trabajo de la IT por contagio por COVID-19.
Desde el 7-10-2022, se extienden y desarrollan para las víctimas de violencia sexual todos los derechos ya reconocidos para las víctimas de violencia de género.
Modificaciones que afectan a la extinción de la incapacidad temporal clarificando situaciones respecto de los plazos de su duración y los efectos de las diferentes causas de extinción.
Artículo publicado en Actum Social nº 60. Enero/Febrero 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]
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