Existencia a efectos del impuesto de una prestación compleja única, o accesoria a la prestación principal (RF 11/21 16 de Marzo de 2021 al 22 de Marzo de 2021)

Por regla general tanto las entregas de bienes como las prestaciones de servicios tienen la consideración de prestación independiente, sin embargo existen tres excepciones a esta consideración: la existencia de una prestación única compleja, la existencia de una prestación accesoria dependiente, o la existencia de una operación exenta directamente relacionada.

Exención de servicios deportivos

El acceso a un parque acuático que ofrece a los visitantes tanto instalaciones que permiten la práctica de actividades deportivas, como también otro tipo de actividades de entretenimiento o recreación, puede tener la consideración de prestación de servicios directamente relacionada con la práctica del deporte, exenta del IVA.

La prueba en el proceso laboral en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Artículo publicado en Actum Social nº 62. Abril 2012 Ricardo Bodas Martín Presidente Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ÍNDICE I. PRINCIPIOS DEL PROCESO DE TRABAJO II. OBJETIVO DE LA PRETENSIÓN III. OPOSICIÓN A LA DEMANDA IV. RÉGIMEN […]

Bruselas al trimestre: La rectificación del IVA indebidamente repercutido en el derecho de la UE

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 55. Septiembre 2011 Antonio Victoria Sánchez Licenciado en Derecho El presente artículo, así como cualesquiera opiniones o puntos de vista contenidos en él, son puramente personales del autor y no reflejan ni comprometen, por […]

Sentencias sociales del Tribunal Constitucional y del TEDH en el primer trimestre de 2011  

Artículo publicado en Actum Social nº 50. Abril 2011 Magdalena Nogueira Guastavino Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ex Letrada del Tribunal Constitucional Jesús Mercader Uguina Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad […]