Prestaciones por desempleo ERTE por fuerza mayor (RS 08/22 22 de Febrero de 2022 al 28 de Marzo de 2022)
Se establecen las cuantías y los requisitos de acceso a la prestación por desempleo de los trabajadores afectados por un ERTE por fuerza mayor.
Se establecen las cuantías y los requisitos de acceso a la prestación por desempleo de los trabajadores afectados por un ERTE por fuerza mayor.
Por la persistencia de los efectos de la crisis sanitaria, se mantienen los expedientes por fuerza mayor, basados en las medidas específicas establecidas por el coronavirus, que hayan sido solicitados antes del 27-6-2020 y, como máximo, hasta el 30 de septiembre de 2020. Estas empresas y entidades deben proceder a reincorporar a las personas trabajadoras afectadas por medidas de regulación temporal de empleo, en la medida necesaria para el desarrollo de su actividad, manteniéndose las obligaciones previstas en relación con las comunicaciones a la autoridad laboral de la renuncia a las medidas de suspensión o reducción de jornada. Se prohíbe la realización de horas extraordinarias, establecerse o reanudarse externalizaciones de la actividad, concertar nuevas contrataciones, sean directas o a través de ETT, durante la aplicación de estos expedientes de regulación temporal de empleo. Asimismo, se prorrogan hasta el 30 de septiembre, las medidas de protección del desempleo asociadas a los mismos y se establecen diferentes medidas exención del pago de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.
Nuevos procedimientos de ERTE basados en ETOP vinculadas con el COVID-19, con especialidades sobre el inicio de su tramitación y sobre los efectos retroactivos, cuando vengan precedidos de expedientes basados en la fuerza mayor. Se prorrogan las medidas previstas para las prestaciones de desempleo hasta el 30-9-2020. Asimismo, las exenciones previstas en caso de ERTE por fuerza mayor son de aplicación a los ERTE por ETOP a partir del 27-6-2020, tanto a los anteriores a dicha fecha como a aquellos iniciados tras la finalización de expedientes basados en fuerza mayor.
Se prorrogan hasta el 30-9-2020 las medidas de protección asociadas a los ERTE derivados del COVID-19 y se extienden además las especiales medidas de protección por desempleo a las personas que sean afectadas por los nuevos expedientes que se tramiten en caso de rebrote. Protección por desempleo.
Artículo publicado en Actum Social nº 60. Enero/Febrero 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]
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