Domicilio a consignar en las facturas (RF 34/21 24 de Agosto de 2021 al 30 de Agosto de 2021)

En el caso de personas físicas que realicen una actividad económica, el domicilio que ha de constar en las facturas que emita ha de ser el del lugar donde desarrolla la actividad y no el de su residencia habitual, siendo posible que también conste este último si la persona lo considera conveniente.

Emisión de facturas rectificativas que dan derecho a modificar la base imponible del IVA (RF 11/21 16 de Marzo de 2021 al 22 de Marzo de 2021)

Aunque la parte deudora no realizara la declaración que prescribe la normativa tributaria, ello no obsta para que se tenga por acreditada la remisión de las facturas rectificativas, por lo que se puede modificar la base imponible del IVA, pues en caso contrario estaríamos ante una consecuencia desproporcionada ajena al cumplimiento de los requisitos por parte de la acreedora.

Libros registros en el IRPF

Se regula la llevanza de los libros registros en el IRPF para las anotaciones correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes

Libros registros en el IRPF

Con efectos a partir del 18-7-2019, se aprueba una nueva Orden por la que se regula la llevanza de los libros registros en el IRPF. Como novedades, destaca la obligación de consignar el NIF de la contraparte de la operación en las anotaciones en los libros registros de ventas e ingresos y de compras y gastos; así como la compatibilidad de estos libros como libro fiscal de los impuestos que así lo prevean y, en particular, del IVA, siempre que se efectúen las adiciones necesarias.

Libros registros en el IRPF

Con efectos a partir del 18-7-2019, se aprueba una nueva Orden por la que se regula la llevanza de los libros registros en el IRPF. Como novedades, destaca la obligación de consignar el NIF de la contraparte de la operación en las anotaciones en los libros registros de ventas e ingresos y de compras y gastos; así como la compatibilidad de estos libros como libro fiscal de los impuestos que así lo prevean y, en particular, del IVA, siempre que se efectúen las adiciones necesarias.

Agrupación de facturas emitidas

Es válida la realización de un asiento resumen en el libro registro de facturas expedidas, siempre que estas se hayan expedido en la misma fecha, no sea preceptiva la identificación del destinatario, y el devengo de las operaciones que se pretende documentar se haya producido dentro de un mismo mes.

Agrupación de facturas emitidas

Es válida la realización de un asiento resumen en el libro registro de facturas expedidas, siempre que estas se hayan expedido en la misma fecha, no sea preceptiva la identificación del destinatario, y el devengo de las operaciones que se pretende documentar se haya producido dentro de un mismo mes.

Agrupación de facturas emitidas

Es válida la realización de un asiento resumen en el libro registro de facturas expedidas, siempre que estas se hayan expedido en la misma fecha, no sea preceptiva la identificación del destinatario, y el devengo de las operaciones que se pretende documentar se haya producido dentro de un mismo mes.

Bizkaia: modificaciones en las obligaciones de facturación

Se aprueban modificaciones relativas a las facturas rectificativas y se actualiza el régimen de facturación de determinadas prestaciones de servicios en cuya realización intervengan agencias de viajes en nombre y por cuenta de otros empresarios o profesionales.

Modificación de los Reglamentos que regulan las obligaciones de facturación y las obligaciones tributarias formales en Gipuzkoa

Se modifican en este territorio los Reglamentos por los que se regulan las obligaciones de facturación y las obligaciones tributarias formales para adaptarlos a los cambios introducidos en la normativa del IVA, derivados principalmente de las modificaciones en el régimen especial de agencias de viajes y los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo.