Despido objetivo improcedente por defectos formales, readmisión y nuevo despido inmediato por las mismas causas (RS 38/21 21 de Septiembre de 2021 al 27 de Septiembre de 2021)

Declarada la improcedencia del despido objetivo- por causas económicas- por defectos de los requisitos formales esenciales, la relación laboral se recompone con la opción por la readmisión, por lo que el empresario puede efectuar un nuevo despido -subsanando los defectos- en el momento de la incorporación del trabajador, sin que sea necesario que se produzca, previamente, una efectiva prestación de servicios.

Nuevo despido objetivo por los mismos hechos

No es aplicable a los despidos objetivos la previsión de permitir, exclusivamente en un plazo de 7 días, un nuevo despido por la misma causa, cuando el primero ha sido declarado improcedente por defectos de forma, ya que mientras persista la causa legal justificativa es viable la adopción de la medida extintiva.

Jurisprudencia y doctrina unificada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (de enero a abril de 2012)

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