Notificaciones relativas a convenios fiscales establecidas por el Convenio Multilateral BEPS (RF 46/23 14 de Noviembre de 2023 al 20 de Noviembre de 2023)

España notifica al Secretario General de la OCDE que ha concluido sus procedimientos internos en relación con los convenios fiscales expuestos más abajo, al objeto de que surtan efecto las disposiciones del Convenio Multilateral BEPS.

Validez de los certificados de residencia emitidos por las autoridades fiscales de otro país con Convenio (RF 37/23 12 de Septiembre de 2023 al 18 de Septiembre de 2023)

La administración y tribunales nacionales no tienen competencia para cuestionar la validez de los certificados de residencia a efectos de los convenios para evitar la doble imposición emitidos por las autoridades competentes de otros países con los que España tiene un convenio suscrito.

Certificado de residencia simple y cualificado a efectos de Convenio (RF 35/23 29 de Agosto de 2023 al 04 de Septiembre de 2023)

El TEAC recuerda que la normativa española establece supuestos en los que se exige un certificado de residencia simple, en el que se acredita únicamente la residencia fiscal en un país, y supuestos en los que se requiere que dicho certificado sea cualificado, esto es, que el residente lo es a efectos del Convenio.

Aplicación del CDI a una zona franca (RF 34/23 22 de Agosto de 2023 al 28 de Agosto de 2023)

Las zonas francas son partes del territorio de un país, donde las autoridades competentes autorizan el desarrollo de ciertas actividades que disfrutan de beneficios tributarios por el hecho de que no se consideran realizadas dentro del territorio aduanero de ese país. En este sentido, aun cuando a efectos aduaneros las zonas francas puedan no considerarse como territorio del país en cuestión, sí que son partes de dicho territorio, por lo que sería de aplicación el CDI en cuestión.

Notificaciones relativas a convenios fiscales establecidas por el Convenio Multilateral BEPS (RF 23/23 06 de Junio de 2023 al 12 de Junio de 2023)

España notifica al Secretario General de la OCDE que ha concluido sus procedimientos internos en relación con los convenios fiscales expuestos más abajo, al objeto de que surtan efecto las disposiciones del Convenio Multilateral BEPS.

Medios de acreditación de la residencia fiscal (RF 22/23 30 de Mayo de 2023 al 05 de Junio de 2023)

La acreditación de la residencia fiscal no es uniforme para todos los supuestos, ya que para algunos se exige la aportación de una documentación específica y para otros se exige la aportación de un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades fiscales del Estado de residencia en el sentido del convenio, y es obligación del interesado aportar la documentación requerida para probar su residencia en ese otro Estado.

Novedades en los procedimientos amistosos (RF 21/23 23 de Mayo de 2023 al 29 de Mayo de 2023)

Se introducen diversas modificaciones en relación con los procedimientos amistosos, con lo que se completa la transposición de la Directiva relativa a los mecanismos de resolución de litigios fiscales en la Unión Europea.

Devolución de las retenciones practicadas sobre los dividendos pagados a una entidad no residente (RF 20/23 16 de Mayo de 2023 al 22 de Mayo de 2023)

Considera la AN que la finalidad de la reducción de capital es la devolución de aportaciones a uno de los socios, que excluye que la restitución sea una ganancia patrimonial y la configura como rendimiento del capital mobiliario sujeto a retención, respecto de lo que exceda del valor de adquisición de las acciones, o en su totalidad, si la reducción procede de beneficios no distribuidos.

Aplicación provisional del Convenio que crea el Observatorio del Square Kilometre Array (RF 16/23 18 de Abril de 2023 al 24 de Abril de 2023)

En el Convenio de creación del Observatorio del Square Kilometre Array y su Protocolo se prevén ciertas exenciones en la tributación directa, así como en los derechos de aduana e impuestos indirectos.

Tributación de los rendimientos del trabajo dependiendo de la residencia fiscal (RF 13/23 28 de Marzo de 2023 al 03 de Abril de 2023)

No se exigirá a los contribuyentes por IRNR la presentación de la declaración correspondiente a las rentas respecto de las que se hubiese practicado la retención o efectuado el ingreso a cuenta correspondientes, salvo en el caso de ganancias patrimoniales derivadas del reembolso de participaciones en fondos de inversión de instituciones de inversión colectiva, cuando la retención practicada haya resultado inferior a la cuota tributaria calculada conforme a la LIRNR.