Subida del SMI (RS 39/21 28 de Septiembre de 2021 al 04 de Octubre de 2021)

Con efectos a partir del 1-9-2021 el SMI experimenta un incremento del 1,579 % respecto de las cuantías vigentes en 2020.

Suspensión de la aplicación del tipo de cotización aplicable por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos (RS 04/21 26 de Enero de 2021 al 01 de Febrero de 2021)

A partir del 1-2- 2021, y mientras no se lleve a cabo la subida del SMI para el año 2021, no va a ser de aplicación la previsión sobre el aumento progresivo de los tipos de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad (
RDL 28/2018 disp.trans.2ª
), por lo que los tipos de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos incluidos en el RETA y en el RETM van a ser los vigentes a 31-12-2020.

Naturaleza jurídica del plus de vestuario y plus transporte (RS 15/20 07 de Abril de 2020 al 13 de Abril de 2020)

La subida del Salario Mínimo Interprofesional se puede compensar con el plus transporte y plus de vestuario cuando éstos tengan naturaleza salarial

Cuantía de pensión de viudedad de cónyuge supérstite concurrente con ex cónyuge con su cuantía limitada por pensión compensatoria

En caso de concurrencia de beneficiarios el cónyuge supérstite accede a la totalidad de la pensión, si bien reducida en la cuantía a la que tenga derecho el excónyuge, también en los supuestos de estar esta limitada por la pensión compensatoria que percibiera.

Novedades en el Reglamento del IRPF de Bizkaia

Se prorroga para 2014 la subida del tipo de retención en el IRPF de Bizkaia que en un principio se había establecido con carácter excepcional sólo para los ejercicios 2012 y 2013.

Tipos de retención del IRPF de Araba

Se prorroga para 2014 la subida del tipo de retención en el IRPF de Araba que en un principio se había establecido con carácter excepcional sólo para los ejercicios 2012 y 2013.

II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva

El II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva firmado el 25 de enero entre las organizaciones sindicales y empresariales fija los criterios que deben regir la negociación colectiva entre el 1-1-2012 y 31-12-2014 . El texto que apuesta por una descentralización de la misma, establece diversas recomendaciones para favorecer la flexibilidad interna mediante la inaplicación negociada de determinadas condiciones de trabajo a nivel de empresa y aconsejando que el porcentaje de subida salarial para 2012 no exceda del 05%. Finalmente, se acuerda expresamente prorrogar durante 12 meses más el IV Acuerdo Nacional de Formación