Trabajos realizados en el extranjero (RF 03/22 18 de Enero de 2022 al 24 de Enero de 2022)

Para la aplicación de la exención sobre los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados efectivamente en el extranjero no existe inconveniente en que haya una pluralidad de beneficiarios en relación con la prestación de los servicios, siempre que uno de ellos sea la entidad no residente para la que aquellos se prestan.

Aplicación de la exención por trabajos en el extranjero a los rendimientos por la participación en los consejos de administración (RF 16/21 20 de Abril de 2021 al 26 de Abril de 2021)

La exención por trabajos realizados en el extranjero no se aplica a los rendimientos obtenidos por la dirección y control propios de la participación en los Consejos de Administración de una filial en el extranjero.

Régimen de opciones en el IRPF de Bizkaia por la implementación del Proyecto Batuz (RF 30/20 21 de Julio de 2020 al 27 de Julio de 2020)

Se establece que la opción de tributación ejercitada para un periodo impositivo, no puede ser modificada una vez que ha finalizado el plazo voluntario de declaración del IRPF.

Trabajos de administradores realizados en el extranjero (RF 20/20 12 de Mayo de 2020 al 18 de Mayo de 2020)

Los administradores y consejeros delegados pueden aplicar la exención por trabajos realizados en el extranjero siempre que cumplan los requisitos legalmente establecidos.

Rentas de trabajos realizados con anterioridad al desplazamiento a España

Las rentas derivadas de trabajos realizados en el extranjero con anterioridad al desplazamiento a España no se entienden obtenidas en este territorio, por lo que no resultan sujetas a tributación por el IRNR y, en consecuencia, tampoco se encuentran sometidas a retención en este país.

Rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero por las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado

La exención sobre los rendimientos del trabajo percibidos por los trabajos efectivamente realizados en el extranjero, resulta aplicable a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado español desplegados por FRONTEX como guardias de fronteras, tanto si dichas tareas se realizan en otro Estado miembro como si se realizan en un país tercero, en el marco de un convenio bilateral entre este último y un Estado miembro de la UE.

Rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero por las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado

La exención sobre los rendimientos del trabajo percibidos por los trabajos efectivamente realizados en el extranjero, resulta aplicable a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado español desplegados por FRONTEX como guardias de fronteras, tanto si dichas tareas se realizan en otro Estado miembro como si se realizan en un país tercero, en el marco de un convenio bilateral entre este último y un Estado miembro de la UE.

Bizkaia: deducción por doble imposición internacional en el IRPF

Se establece un nuevo supuesto de deducción para los rendimientos de trabajo derivados de la prestación de servicios con carácter permanente en el extranjero.

Nueva regulacion del procedimiento de acceso y del régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria

El 1-7-2018 entra en vigor la nueva regulación sobre el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del ISM en el que se integran, debidamente armonizadas, el conjunto de normas existentes hasta ahora sobre la materia.

Exención de los rendimientos derivados de trabajos realizados en el extranjero

El requisito de que el territorio donde se realicen los trabajos no sea considerado un paraíso fiscal se entiende cumplido si hay un CDI firmado con España y el requisito de que los trabajos realizados hayan sido gravados en el extranjero se entiende cumplido cuando sea de aplicación un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al IRPF, sin ser necesario que hayan sido gravados efectivamente en dicho territorio.