Para su aplicación solo se requiere el incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un determinado grado experimentado durante el periodo impositivo, respecto a la plantilla media de trabajadores de la misma naturaleza del periodo inmediato anterior, con independencia de la evolución de la plantilla de trabajadores con otro grado de discapacidad o del total de plantilla de trabajadores con discapacidad.
La DGT establece cómo afecta al cálculo del promedio de la plantilla media de trabajadores con discapacidad diversas situaciones, como la situación de excedencia o la modificación del grado de discapacidad.
En los supuestos de subrogaciones empresariales, los trabajadores discapacitados computan para el cálculo del incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad.
En los supuestos de subrogaciones empresariales, los trabajadores discapacitados computan para el cálculo del incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad.
El cuadro de equivalencias entre el RDLeg 8/2015 (en adelante LGSS/15) y el RDLeg 1/1994 (en adelante LGSS/94), que entra en vigor el 2-1-2016, con las salvedades indicadas, recoge las normas que se incorporan al nuevo texto refundido, así como […]
Entre las modificaciones destaca la derogación de gran parte de las deducciones, así como la creación de dos nuevas deducciones relacionadas con las producciones cinematográficas y las artes escénicas.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.