Entre las novedades, destaca la adaptación de la normativa foral del impuesto a las modificaciones establecidas en territorio común sobre los tipos superreducidos y sobre el ingreso del impuesto en los carburantes.
Se adapta la normativa foral a las novedades introducidas en la legislación estatal en el régimen simplificado y REAGP y en los tipos impositivos de productos energéticos y de determinados alimentos.
Se introducen medidas para adaptar la normativa foral a lo dispuesto en territorio común. De un lado, se persigue reducir los costes de la factura final eléctrica y de gas natural y contrarrestar los efectos del COVID -19, mediante la ampliación de la vigencia temporal de tipos reducidos en material sanitario y mascarillas. Además, se determina a quién corresponde la exacción del impuesto en los regímenes especiales de ventanilla única y se prorroga para el periodo impositivo 2022 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el REAGP.
Se aprueban en Araba y Gipuzkoa los modelos 200 y 220 de declaración del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en dichos territorios forales para el período impositivo 2014.