Prohibición de despedir si el despido deriva de una causa estructural (RS 26/22 28 de Junio de 2022 al 04 de Julio de 2022)

No concurre la prohibición de despedir si la causa del despido colectivo no tiene por causa directa la pérdida de actividad por el COVID-19 y se fundamenta en una causa estructural y no conyuntural como es la rescisión del contrato de prestación de servicios del cliente principal.

Despido colectivo por causas estructurales posterior a ERTE COVID-19 (RS 41/21 12 de Octubre de 2021 al 18 de Octubre de 2021)

No vulnera la prohibición de despedir el despido colectivo fundado en causas de carácter estructural y desvinculadas de la crisis sanitaria del COVID-19, resultando además la medida extintiva proporcionada para superar las mismas.