Deterioro de participaciones tras una ampliación de capital de la participada

Si la aportación de capital realizada produce un resultado equivalente a una operación de reducción de capital para compensar pérdidas, seguida de una inmediata ampliación de capital, la diferencia entre el valor de capital suscrito y los fondos propios de la participada, en la parte correspondiente al porcentaje suscrito, no puede considerarse de manera inmediata como una plusvalía tácita, ya que responde a una aportación de capital para la compensación de pérdidas.

Escisiones de negocios con reducción de capital

Cuando en una escisión se pone de manifiesto una reducción de capital en la escindida, el tratamiento ha de ser el de esta última operación, tanto para el socio como para esta sociedad.

Régimen fiscal y contable de determinadas operaciones societarias

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 62. Abril 2012 José Antonio López-Santacruz Montes Ingeniero Industrial e Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN Seguidamente se comentan los efectos fiscales que se derivan en el Impuesto sobre Sociedades (en adelante IS) […]

Aplicación práctica de las Consultas del ICAC sobre el Plan General de Contabilidad. Consultas contenidas en el BOICAC núm 85 marzo 2011 (segunda parte)

Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 17. Octubre-Diciembre 2011 Gregorio Labatut Serer Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía. Universidad de Valencia 1. INTRODUCCIÓN En el Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOICAC) núm 85 […]