Declaración informativa anual sobre valores, seguros y rentas en el IRPF e IS de Bizkaia y Gipuzkoa (RF 10/22 08 de Marzo de 2022 al 14 de Marzo de 2022)
Se modifican los diseños físicos y lógicos del modelo 189.
Se modifican los diseños físicos y lógicos del modelo 189.
Con efectos para la presentación de las declaraciones informativas anuales correspondientes al año 2021, que se presentarán en 2022, se modifican los modelos informativos 189 y 289.
Se aprueba la relación de valores negociados en los centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2021, a efectos de la declaración del IP del año 2021, así como de la declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas.
Se hacen públicas las directrices del Plan Anual de Control Tributario del año 2022, que giran en torno a cinco grandes pilares: información y asistencia; prevención de los incumplimientos, fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude; investigación y actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero; control del fraude en fase recaudatoria; y colaboración entre la AEAT y las Administraciones tributarias de las CC.AA.
Con efectos para la presentación de las declaraciones informativas anuales correspondientes al año 2021, que se presentarán en 2022, se modifican los modelos informativos 187, 189, 198 y 289.
Se aprueba la relación de valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2020, a efectos de la declaración del IP del año 2020, así como de la declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas.
Se actualizan los diseños físicos y lógicos de los modelos 180, 182, 187 y 198 del IRPF, IS e IRNR como consecuencia de la mejora continua en la gestión de los tributos.
Con respecto a las declaraciones que se presenten a partir del 1-1-2021, en relación con la información correspondiente al año 2020, se modifican las declaraciones informativas relativas a los modelos 180, 182, 187, 198 y 289.
Conforme a la normativa, existe obligación de declarar, si bien para la valoración de la entidad deberá elaborarse un balance que permita identificar el valor teórico de las acciones.
Se aprueba la prestación de ingreso mínimo vital con el fin de garantizar un determinado nivel de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas, con carácter indefinido, manteniéndose siempre y cuando subsistan las causas que motivaron su concesión.
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