Se levanta la suspensión de L Cataluña 3/2017 art.3, 4 y 9, objeto de recurso de inconstitucionalidad.
Al no existir prelación en los métodos de comprobación de valores es válido el que mejor refleje el valor del bien adquirido.
Las alteraciones en el patrimonio de un heredero producidas en bienes heredados, ya sean acciones o cualquier otro bien, por sentencia judicial derivada de un proceso iniciado por el heredero, no generan la obligación de presentar una declaración complementaria del ISD, ya que la alteración se produjo con posterioridad al devengo de dicho impuesto, sobre bienes ya pertenecientes al patrimonio del heredero y por su condición de nuevo propietario, no de heredero. Dicha alteración patrimonial debe ser declarada en el IRPF del nuevo propietario.
Cuando un documento privado ha sido otorgado por una persona fallecida en el momento de su elevación a público por los herederos, en la liquidación del ITP y AJD resulta determinante la fecha del fallecimiento.
La ausencia de avales individuales no impide que la obligación de restituir las cantidades entregadas, con sus intereses, quede cubierta a favor de los compradores que han concertado un contrato de compraventa y entregado dichas cantidades, por una póliza colectiva.
Resuelto un contrato de tracto único por incumplimiento del concursado, la obligación de restituir las cantidades entregadas a cuenta por el comprador es con cargo a la masa.
Se modifica el RD 878/2015 al objeto de establecer el marco jurídico para la adaptación al sistema de compensación y liquidación de operaciones sobre valores de renta fija, condición indispensable para la incorporación de Iberclear a TARGET2-Securities.
La Administración no siempre puede proceder a la comprobación el valor declarado por el sujeto pasivo, aunque el valor escriturado sea superior a aquel.
Se modifica la L Baleares 8/2012, de turismo, y se aprueban medidas para afrontar la emergencia en materia de vivienda.