Artículo publicado en Actum Social nº 62. Abril 2012 Joaquín Mur Torres Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social ÍNDICE CAPÍTULO V. REFORMA DE LOS REGÍMENES ESPECIALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1. Las modificaciones del Régimen Especial de […]
Artículo publicado en Actum Social nº 61. Marzo 2012 Carlos Hugo Preciado Domènech Magistrado de la Sala Social del TSJ Cataluña Miguel Ángel Purcalla Bonilla Magistrado del Juzgado de lo Social núm 1 Terrassa ÍNDICE:I.A MODO DE INTRODUCCIÓN: DEL CONTINUISMO […]
Artículo publicado en Actum Social nº 61. Marzo 2012 Ricardo Escudero Rodríguez Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Alcalá Manuel Lucas Durán Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Alcalá ÍNDICE 1. […]
Artículo publicado en Actum Social nº 61. Marzo 2012 Dolores Carrascosa Bermejo Redactora en Ediciones Francis Lefebvre. Profesora Doctora en ICADE y Universidad Rey Juan Carlos de Madrid ÍNDICEI.INTRODUCCIÓNII.APLICACIÓN TEMPORAL DE LA REFORMA EN CASO DE DESPIDOIII.NOVEDADES EN EL DESPIDO […]
Desde el 12-2-2012, se instaura el contrato por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, que se caracteriza fundamentalmente porque solo puede ser concertado por empresas de menos de 50 trabajadores y por tener un período de prueba de 1 año de duración. Para fomentar el uso de este contrato se establecen una conjunto de incentivos fiscales y de bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social al tiempo que se deroga el contrato para el fomento de la contratación indefinida y el régimen de bonificaciones por reincorporación de mujeres tras la suspensión por maternidad o excedencia.
Prórroga del sistema de bonificaciones en casos de suspensión del contrato de trabajo y reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.
Las empresas que realicen despidos colectivos, que incluyan a trabajadores de 50 o más años de edad, deben efectuar una aportación económica al Tesoro Público cuando concurran las siguientes circunstancias: que sean realizados por empresas de más de 500 trabajadores o por empresas que formen parte de grupos de empresas que empleen a ese número de trabajadores, que afecten a trabajadores de 50 o más años de edad y que, aún concurriendo las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que los justifiquen, las empresas o el grupo de empresas del que forme parte hubieran tenido beneficios en los dos ejercicios económicos anteriores a aquél en que el empresario inicia el procedimiento de despido colectivo.
Artículo publicado en Actum Social nº 60. Enero/Febrero 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]
Artículo publicado en Actum Social nº 59. Enero 2012 Jordi Agustí Julià Magistrado Tribunal Supremo ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. LA PENSIÓN DE JUBILACION A) La Jubilación a edad ordinaria B) Jubilación anticipada C) Jubilación anticipada para Mutualistas D) Jubilación […]
Artículo publicado en Actum Social nº 57. Noviembre 2011 Magdalena Nogueira Guastavino Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ex Letrada del Tribunal Constitucional Jesús Mercader Uguina Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social […]