Los empleadores quedan obligados, entre otras funciones, a evaluar los riesgos laborales y a proporcionar equipos de trabajo y EPIs de los trabajadores incluidos en la relación laboral especial del servicio del hogar familiar. Asimismo, se obliga a la realización de reconocimientos médicos periódicos a cargo del sistema nacional de salud.
Se reconoce el derecho de una empleada de hogar a percibir la prestación por desempleo a pesar de haber sido despedida antes de la entrada en vigor de la norma que reconoció este derecho. Aplica la perspectiva de género y la jurisprudencia del TJUE que provocó el cambio normativo al calificar como discriminatoria la regulación que excluía a este colectivo, altamente feminizado, de la cotización y las prestaciones por desempleo.
Se considera despido improcedente y no dimisión, la tramitación de la baja en la Seguridad Social de una empleada de hogar que regresa de sus vacaciones a su país de origen excediendo de los 30 días a los que tenía derecho, sin autorización de la empleadora, al no poder adquirir o cambiar otro billete de vuelta.
Se incluye en el ámbito subjetivo del FOGASA al colectivo de empleados del hogar en caso de insolvencia del empleador y se establecen las bases y el tipo de cotización aplicable desde el 1-10-2022 hasta el 31-12-2022.
A partir del 1-1-2023, se elimina la distinción de los empleados de hogar que prestan servicios durante más o menos de 60 horas mensuales por empleador, asumiendo estos en todo caso las obligaciones que afectan al empleado de hogar en materia de cotización y alta.
Se introducen reducciones y bonificaciones en la cotización de los empleados de hogar, y se les aplican deducciones ya existentes.
La prestación por desempleo pasa a formar parte de la acción protectora del sistema especial de empleados del hogar, siendo por tanto, desde el 1-10-2022, obligatoria su cotización.
A fin de equiparar las condiciones contractuales de los empleados del hogar al resto de los trabajadores, su contrato de trabajo se presume indefinido y a jornada completa en defecto de pacto por escrito, y se regula el derecho a recibir información sobre los elementos esenciales del contrato y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral si los mismos no figuran en el contrato formalizado por escrito.
Con el fin de eliminar las diferencias existentes que provocaban que su protección frente al despido fuera inferior a la del resto de los trabajadores, se elimina la figura del desistimiento y se recogen nuevas causas justificativas de la extinción del contrato.
Se establecen las bases y tipos de cotización para el 2023.