Destrucción, venta del bien y regularización de cuotas soportadas inicialmente (RF 20/23 16 de Mayo de 2023 al 22 de Mayo de 2023)

No existe necesidad de regularizar las cuotas soportadas cuando se produce la destrucción del bien, siempre que esta conlleve su desaparición irreversible y quede suficientemente justificada o probada.

Rectificación cuotas del impuesto

La rectificación de las cuotas soportadas como consecuencia de la resolución del contrato, no es obligatoria hasta que no se haya recibido la factura rectificativa.

Deducciones

Una sociedad dedicada al arrendamiento de inmuebles adquiere una vivienda ático con garaje, del que se deduce el 100% del impuesto soportado. Comprobada la operación por parte de Gestión Tributaria, la sociedad les comunica que el inmueble se adquirió con […]

La deducción de los automóviles de turismo en el IVA: ¿nuevas expectativas?

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 59. Enero 2012 Miguel A. Sánchez Ferrándiz 1. INTRODUCCIÓN Y PLANTEAMIENTO DEL CONFLICTO   De manera recurrente se produce el conflicto entre el empresario o profesional, sujeto pasivo del Impuesto sobre el Valor Añadido […]