Presentación en entidades colaboradoras de los modelos de autoliquidación y liquidación del ISD

Desde el 21-12-2011, se aplica el procedimiento de ingreso a través de entidades de depósito de las deudas tributarias gestionadas a través de la aplicación M@GIN a los modelos 650, 651, 652 y 653 de autoliquidación del ISD, al modelo 655 de liquidación del ISD, y al modelo 792 de liquidación de sanciones practicadas por la Administración Tributaria Canaria.

Nuevo modelo de retenciones e ingresos a cuenta

Se aprueba el nuevo modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del IS e IRNR.

Modificación de la declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347)

Se introducen algunas modificaciones respecto a la obligación de presentar la declaración por las personas físicas y entidades en atribución de rentas en el IRPF, así como por aquellos obligados tributarios que tienen la obligación de informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro. Además se establece la obligación de desglosar la información por trimestres y, en relación a los criterios de imputación temporal, se incluye como criterio general el de la anotación registral de la factura o documento sustitutivo.

Devolución de las cuotas correspondientes a la aplicación del tipo autonómico del impuesto

Los beneficiarios comunitarios no residentes en España sólo están obligados a nombrar representante fiscal con domicilio en territorio español si optan por la inscripción en el Censo de beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional y de vehículos de su titularidad, a través de la sede electrónica de la AEAT. No están obligados a nombrarlo cuando opten por remitir la solicitud en soporte papel mediante correo certificado.

Aproximación a un estudio de la Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de seguridad social

Artículo publicado en Actum Social nº 57. Noviembre 2011 Joaquín Mur Torres Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social ÍNDICECAPÍTULO I. ASPECTOS GENERALES DE LA LEY1.Relevancia de la Ley.2.Los motivos de la Ley. 2.1.Motivo principal. 2.2.Motivo complementario. 2.3.Motivo adicional.3.Cronología de la […]

Gastos derivados de la actividad económica

Si están debidamente justificados, los gastos derivados de la actividad económica del contribuyente son deducibles en el ejercicio en que se incurre en ellos, aun estando correlacionados con ingresos de ejercicios posteriores.