Incremento del gasto deducible por movilidad geográfica (RF 16/22 19 de Abril de 2022 al 25 de Abril de 2022)

Un trabajador que finaliza su contrato de trabajo un día, para, a continuación, comenzar otro contrato anual con el mismo empleador a partir del día siguiente, cumpliendo el requisito de cambio de residencia a un nuevo municipio distinto al de su residencia habitual, no puede aplicar el incremento de gasto deducible por movilidad geográfica, al no existir período de desempleo y no haberse inscrito por tanto en el servicio de empleo como desempleado en búsqueda de empleo activa.

Gasto deducible del rendimiento del trabajo por movilidad geográfica

Para la aplicación del incremento del gasto deducible por movilidad geográfica es necesario que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia, siendo indifierente que dentro del período de aplicación del referido incremento se produzcan nuevos cambios de trabajo.

Regularización del tipo de retención sobre rendimientos del trabajo

Se incorporan las modificaciones derivadas de la supresión de la deducción por obtención de rendimientos del trabajo que afectan a la regularización del tipo de retención.

Rendimientos del trabajo

Entre otras novedades, se revisa la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo y se modifican los porcentajes de retención.