Se aprueba el modelo 346 de declaración informativa anual de subvenciones, indemnizaciones o ayudas derivadas del ejercicio de actividades agrícolas, ganaderas o forestales en el IRPF.
Se aprueba para el año 2023 la Orden que desarrolla el Régimen especial simplificado en IVA, que mantiene los módulos e instrucciones para su aplicación, así como la reducción aplicable a las actividades económicas desarrolladas en el municipio de Lorca.
Dado que la LIRNR únicamente considera susceptibles de imputación de rentas generadas en España a los bienes inmuebles urbanos situados en dicho territorio, no afectos a actividades económicas, los inmuebles rústicos con construcciones no dan lugar a la realización del hecho imponible de este impuesto, por lo que respecta a la modalidad de imputación de rentas inmobiliarias.
Se regulan para el ejercicio 2021, declaración a presentar en 2022, los plazos para la presentación de la declaración de la renta y, en su caso, los de ingreso de la deuda resultante.
Se aprueba el modelo 190 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta del IRPF, y el modelo 10-T relativo al certificado de los rendimientos del trabajo, de actividades económicas y de premios del citado impuesto.
Se amplía 6 meses el plazo voluntario para acogerse a la obligación TicketBAI y se exonera de esta obligación a personas en edad cercana a la jubilación cumpliendo determinados requisitos.
Navarra amplía de forma extraordinaria el plazo para la presentación e ingreso sin intereses ni recargos, de determinados modelos de autoliquidación del IRPF, IVA, IS e IRNR, correspondientes al primer trimestre de 2021, que por problemas técnicos no se han podido presentar electrónicamente en los días previos a la finalización de su plazo de presentación.
Ante la situación generada por la evolución del coronavirus (COVID-19), se establecen los días de inactividad para determinadas actividades acogidas al régimen simplificado del IVA y una reducción en la cuota correspondiente al segundo trimestre en el impuesto.