Ante la situación generada por la evolución del COVID-19, se adapta, de forma proporcional al periodo temporal afectado por la declaración del estado de alarma, el ingreso a cuenta del régimen simplificado del IVA y se elimina la vinculación obligatoria que durante 3 años se establece legalmente para la renuncia al régimen simplificado y al REAGP.
Se aprueba la posible reducción de los índices de rendimiento neto para las explotaciones y actividades agrarias afectadas por tormentas de viento y mar sufridas en los meses de enero y febrero en la fachada atlántica y la costa cantábrica.
Nuevo régimen especial del IVA para permitir a determinados sujetos pasivos retrasar el devengo, la declaración y el ingreso del IVA repercutido hasta el momento del cobro a sus clientes.
Nuevo régimen especial del IVA para permitir a determinados sujetos pasivos retrasar el devengo, la declaración y el ingreso del IVA repercutido hasta el momento del cobro a sus clientes.
Se establece la posibilidad de que se reduzcan los índices de rendimiento neto para las explotaciones y actividades agrarias afectadas por distintas catástrofes naturales
Se aprueban en Navarra los signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del IRPF para 2013, así como la adaptación de los tipos impositivos de IVA en el régimen simplificado.