Novedades en materia de cooperación administrativa (RF 45/23 07 de Noviembre de 2023 al 13 de Noviembre de 2023)

Navarra transpone al ordenamiento foral la Directiva modificadora de la DAC 7, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.

Refuerzo de la unidad europea en la lucha contra el fraude, la evasión y la elusión fiscal (RF 43/23 24 de Octubre de 2023 al 30 de Octubre de 2023)

Se modifica la Directiva europea sobre cooperación administativa en el ámbito de la fiscalidad, para potenciar y mejorar el intercambio de información e incluir en su ámbito de aplicación nuevas categorías de ingresos y activos, como los criptoactivos.

Novedades en las obligaciones de información (RF 21/23 23 de Mayo de 2023 al 29 de Mayo de 2023)

Como resultado de la trasposición al derecho interno de determinadas directivas que afectan, entre otras materias, a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad (DAC 7) y a las normas contra las prácticas de elusión fiscal, se introducen modificaciones en la LGT en relación con las obligaciones de información en el ámbito de la asistencia mutua y de los mecanismos transfronterizos de información financiera.

Evaluación ambiental

Estudio de las novedades introducidas en materia de evaluación ambiental como consecuencia de la adaptación de la LEA a las directivas comunitarias.

Evaluación ambiental estratégica . Islas Baleares

Particularidades introducidas en L Baleares 12/2016 relativas a la evaluación ambiental estratégica de planes, programas y proyectos, así como a la relación entre la evaluación ambiental estratégica y la evaluación de impacto ambiental. Configuración de la Comisión de Medio Ambiente.

Modificación de la directiva de desplazamiento en el marco de una prestación de servicios

A partir del 30-7-2020 serán aplicables las novedades que se han de incluir en las normas nacionales en relación al desplazamiento en el marco de una prestación de servicios. Estas afectan principalmente a la ampliación del impacto de la regulación laboral del Estado de destino en el trabajador desplazado. Nuevas materias se incluyen en el estatuto mínimo a respetar: la remuneración (antes salario mínimo), las condiciones de alojamiento y los complementos o los reembolsos en concepto de gastos de viaje alojamiento y manutención de los desplazados. Asimismo, se establece que, transcurridos los 12 meses de desplazamiento, con carácter general, debe aplicarse al desplazado el régimen laboral de destino al completo (estatuto completo) con algunas exclusiones. Finalmente se refuerza la cooperación entre administraciones, así como la vigilancia, control y ejecución de las condiciones laborables aplicadas a los desplazados.

Novedades relativas a la información y documentación de operaciones vinculadas

La principal novedad introducida con efectos para períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2016 es la excepción a la obligación de presentar la información país por país si se cumplen determinados requisitos.

Notificación y ejecución transfronteriza de sanciones administrativas relacionadas con el desplazamiento de trabajadores en la UE

Desde el 27-5-2017, la Inspección de trabajo española puede iniciar de oficio un procedimiento sancionador a raíz de una comunicación de una Administración pública foránea, por incumplimiento de las condiciones laborales aplicables a los trabajadores desplazados desde España en el marco de una prestación de servicios. También se establece la notificación y ejecución transfronteriza de sanciones administrativas españolas en otro Estado miembro de la UE o el EEE, a través del Sistema IMI, así como de las impuestas en esos otros Estados miembros que se desee notificar o ejecutar en España.

Transposición de la directiva de la Unión Europea sobre desplazamiento de trabajadores

Se procede a la incorporación al ordenamiento interno de la directiva de la UE sobre el desplazamiento de trabajadores: Dir 2014/67/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15-5-2014, relativa a la garantía de cumplimiento de la Dir 96/71/CE, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios, y por la que se modifica el Rgto (UE)1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior («Reglamento IMI»).

Novedades en el IRPF de La Rioja

Desde el 1-1-2017, la deducción por nacimiento o adopción de hijos se aplica desde el primer hijo. Asimismo, se crean tres nuevas deducciones de la cuota íntegra autonómica: por la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios; por gastos en escuelas infantiles, centros infantiles y personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años; y por acogimiento familiar de menores. Por último, la deducción para el fomento del autoempleo deja de resultar aplicable en este ejercicio.