Régimen en IVA de la donación de bienes (RF 14/22 05 de Abril de 2022 al 11 de Abril de 2022)
Se establece la tributación en el IVA de la entrega de bienes a entidades beneficiarias del régimen especial de mecenazgo.
Se establece la tributación en el IVA de la entrega de bienes a entidades beneficiarias del régimen especial de mecenazgo.
Se establecen las normas especiales aplicables a diversas figuras del derecho civil vasco y común, tales como las sustituciones, fideicomisos, uso del poder testatorio y reservas, así como la obligación de aplicar las reglas de acumulación en determinados casos.
Con efectos a partir del 17-4-2022, se aprueba en Gipuzkoa la nueva Norma Foral del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Como medida tributaria extraordinaria, se habilita la aplicación del tipo 0% del impuesto a diversos hechos imponibles realizados para aquellas personas afectadas por la erupción volcánica.
Con carácter general, se modifica la referencia al valor real de los bienes y derechos por el de valor, equiparándolo al valor de mercado a efectos de la tributación por este impuesto.
La condición del beneficiario de las aportaciones de bienes privativos realizadas por los cónyuges va a determinar la tributación en cada caso.
La revocación de una donación invocada por motivos fiscales por parte de los donatarios no afecta a la liquidación por ISD.
Se desarrolla la exoneración de la obligatoriedad de presentación telemática de determinados modelos tributarios.
Ante la situación generada por la evolución del COVID-19, en Navarra se considera necesario que toda la documentación que ha de presentarse en relación con las autoliquidaciones presentadas por vía telemática, se presente también por esa vía, con independencia de que se trate de documentos públicos o privados.
Se aprueba el modelo 109 de autoliquidación del IRPF para el período impositivo 2019 así como la forma, plazo y lugar de presentación e ingreso.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).