Abono del complemento del subsidio por IT establecido en convenio colectivo cuando se extingue la relación laboral. (RS 05/21 02 de Febrero de 2021 al 08 de Febrero de 2021)

La extinción de una relación laboral no implica que la empresa deje de abonar el complemento de la prestación de IT regulado en convenio colectivo, sino que este se extiende hasta la finalización de la propia incapacidad temporal.