Despido colectivo nulo

Es discriminatorio por razón de sexo y, por lo tanto, nulo, el despido colectivo que incluye en el expediente a una trabajadora con jornada reducida por cuidado de hijo y embarazada, cuando la empresa no establece los criterios de selección de los trabajadores afectados.

Criterios para la selección de trabajadores en despido colectivo

El criterio de selección de los trabajadores afectados por un despido colectivo corresponde al empresario, aunque con las cautelas necesarias. En principio, el único colectivo con dicha prioridad son los representantes legales de los trabajadores, y sólo mediante convenio colectivo o acuerdo alcanzado durante el período de consultas se puede establecer a favor de otros colectivos como trabajadores con cargas familiares, mayores de determinada edad o personas con discapacidad.

Criterios para la selección de trabajadores en despido colectivo

El criterio de selección de los trabajadores afectados por un despido colectivo corresponde al empresario, aunque con las cautelas necesarias. En principio, el único colectivo con dicha prioridad son los representantes legales de los trabajadores, y sólo mediante convenio colectivo o acuerdo alcanzado durante el período de consultas se puede establecer a favor de otros colectivos como trabajadores con cargas familiares, mayores de determinada edad o personas con discapacidad.

Nulidad del despido colectivo de la empresa Coca Cola

Es nulo el despido colectivo efectuado por la empresa Coca Cola por haber incumplido las obligaciones de información y consulta con los representantes de los trabajadores en caso de sucesión de empresas, habiéndose presentado la nueva empresa sorpresivamente ante los trabajadores para efectuar el despido, por no haber cumplido sus obligaciones informativas al no proporcionar en el informe técnico los datos precisos para identificar la causa organizativa alegada y valorar su entidad, así como por la desactivación ilícita del ejercicio de la huelga por parte de los trabajadores durante el periodo de consultas a través del esquirolaje.

Informe de la ITSS

Regulación del contenido y alcance del informe de la ITSS, que debe versar sobre los extremos de la comunicación empresarial, sobre el cumplimiento del periodo de consultas y sobre los criterios tenidos en cuenta para seleccionar a los trabajadores afectados por los despidos, así como el contenido y la suficiencia del plan de recolocación externa y de las medidas sociales de acompañamiento.

La prueba en el proceso laboral en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Artículo publicado en Actum Social nº 62. Abril 2012 Ricardo Bodas Martín Presidente Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ÍNDICE I. PRINCIPIOS DEL PROCESO DE TRABAJO II. OBJETIVO DE LA PRETENSIÓN III. OPOSICIÓN A LA DEMANDA IV. RÉGIMEN […]

Sentencias sociales del Tribunal Constitucional y del TEDH en el primer trimestre del 2012

Artículo publicado en Actum Social nº 62. Abril 2012 Magdalena Nogueira Guastavino Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ex Letrada del Tribunal Constitucional Jesús Mercader Uguina Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social […]