Anulación de deudas de escasa cuantía (RF 46/22 15 de Noviembre de 2022 al 21 de Noviembre de 2022)

Se acuerda la anulación y baja en contabilidad de aquellas liquidaciones en las que a fecha 1-6-2022 la deuda pendiente de recaudar en período ejecutivo sea inferior a tres euros.

Anulación y baja en contabilidad de liquidaciones de las que resulte una deuda pendiente de escasa cuantía

Se anulan y dan de baja en contabilidad las liquidaciones correspondientes a recursos de Derecho público de la Hacienda Pública estatal recaudados por la AEAT de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por importe inferior a tres euros.