No haber soportado cuotas en la adquisición de los bienes supone que sus costes no tengan que ser tenidos en cuenta en la determinación de la base imponible. De igual forma, tampoco deben tenerse en cuenta si ha transcurrido por completo su periodo de regularización.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2015 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Se modifican en este territorio los Reglamentos por los que se regulan las obligaciones de facturación y las obligaciones tributarias formales para adaptarlos a los cambios introducidos en la normativa del IVA, derivados principalmente de las modificaciones en el régimen especial de agencias de viajes y los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo.
Se modifican en este territorio los Reglamentos por los que se regulan las obligaciones de facturación y las obligaciones tributarias formales para adaptarlos a los cambios introducidos en la normativa del IVA, derivados principalmente de las modificaciones en el régimen de agencias de viajes y los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo.
Se ha aprobado una nueva ley del IS que, aunque contiene importantes novedades, mantiene la estructura y en líneas generales el contenido de la normativa anterior, partiendo del resultado contable para la determinación de la base imponible.
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, se ha aprobado una nueva ley del IS. En relación a los regímenes especiales del impuesto, se señalan a continuación las novedades más destacadas.
Se ha aprobado una nueva ley del impuesto sobre sociedades que, aunque contiene importantes novedades, mantiene la estructura y en líneas generales el contenido de la normativa anterior, partiendo del resultado contable para la determinación de la base imponible.
Con efectos a partir del 18-12-2013, se modifican las reducciones por adquisiciones inter vivos o mortis causa relacionadas con actividades económicas, para incentivar su desarrollo en esta Comunidad Autónoma, destacando la extensión de la reducción por adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica o de participaciones en entidades a personas sin relación de parentesco con el causante o donante, con vínculos laborales o profesionales con la entidad, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Se modifican en Extremadura las reducciones por adquisiciones inter vivos o mortis causa relacionadas con actividades económicas, para incentivar su desarrollo en esta Comunidad Autónoma.