Una vez producida la prórroga automática del contrato de trabajo de un futbolista profesional, por cumplimiento de la condiciones determinantes de la misma, la citada cláusula sigue vigente en los mismos términos para la nueva temporada.
No se tiene derecho a ejercitar las stock options cuando su plan recoge una cláusula de pérdida de tal derecho por la extinción del contrato, aunque este se haya producido por despido improcedente, cuando transcurren casi 2 años y medio entre el despido y la fecha en que se puede ejercitar el derecho
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 64. Junio 2012 Francisco de la Torre Díaz Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN El plazo de duración de las actuaciones inspectoras es una de las cuestiones sobre las que se ha […]
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 19. Abril-Julio 2012 Carlos Pérez Ramos Notario y Colaborador Asociado de la Universidad de Sevilla I. APROXIMACIÓN A LA FIGURA DEL AUTOCONTRATO 1. Introducción En los últimos tiempos está alcanzando gran relevancia […]
Artículo publicado en Actum Social nº 64. Junio 2012 Juan Molins García-Atance Magistrado especialista del orden social, destinado en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Doctor en Derecho IX JORNADAS LABORALES Zaragoza 3 y 4 de mayo ÍNDICE […]
Artículo publicado en Actum Social nº 64. Junio 2012 Juan Miguel Torres Andrés Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid XVII JORNADAS DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE SEGURIDAD SOCIAL (Tarragona, 8 […]
Artículo publicado en Actum Social nº 64. Junio 2012 Joaquín Mur Torres Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social ÍNDICEI.L 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (procedente del RDL 3/2012, […]
Los beneficiarios de una pensión alemana autónoma y una pensión a prorrata española que además residen en España mantienen su derecho a las prestaciones familiares alemanas por hijo a cargo obtenidas en virtud de la aplicación exclusiva de la normativa alemana, aunque hayan optado por no solicitar prestaciones semejantes existentes en España y prefieran para sus hijos discapacitados una prestación no contributiva de invalidez.
Artículo publicado en Actum Social nº 63. Mayo 2012 José Fernando Lousada Arochena Magistrado especialista del Orden Social. Tribunal Superior de Justicia de Galicia XVII JORNADAS DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE SEGURIDAD SOCIAL (Tarragona 8 y 9 de […]
Artículo publicado en Actum Social nº 63. Mayo 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]