Deducción por doble imposición internacional de rentas procedentes de un paraíso fiscal

La consideración de un territorio como paraíso fiscal es indiferente a los efectos de la aplicación de la deducción por doble imposición internacional, siempre que se pruebe que el sujeto pasivo del IS, receptor de una renta procedente de dicho territorio, ha soportado allí un impuesto idéntico o análogo al IS español.

La deducción de gastos financieros en el Impuesto de Sociedades

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 53-54. Julio/Agosto 2011 Francisco de la Torre Díaz Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN. LA ESTRUCTURA FINANCIERA   El Impuesto de Sociedades (IS) ha descansado históricamente en la diferencia entre fondos propios y […]

Estudio de las consecuencias fiscales de la disolución del régimen económico matrimonial (A propósito de la STS de 30 de abril de 2010)

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 50. Abril 2011 Mª Consuelo Fuster Asencio Universidad de Valencia 1. INTRODUCCIÓN   El TS 30-4-10, dictada en recurso de casación en interés de la ley, resuelve que en «el supuesto de las adjudicaciones […]

Tributación del arrendamiento y subarrendamiento sobre bienes muebles e inmuebles

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 47. Enero 2011 Fernando Trigueros de la Fuente Técnico de Hacienda INTRODUCCIÓN   Podemos definir el contrato de arrendamiento como aquel contrato en virtud del cual se obliga el dueño de una cosa (arrendador), […]