Con efectos 1-11-2024 se aprueba el modelo 283 de Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Fiscal especial de las Illes Balears, así como las condiciones y procedimiento para su presentación.
Si en la operación se pone de manifiesto una renta positiva, a la misma le resulta de aplicación la exención por doble imposición.
En el ámbito de la reducción de la base imponible del IS en concepto de factor de agotamiento contenida en el régimen fiscal de la minería, se exige, como requisito, que se incrementen las cuentas de reservas de la entidad en términos globales, además de la cuenta de reservas dotada en concepto de factor de agotamiento.
Aunque el gasto que se ocasione en la transmisión no es deducible, la plusvalía que se genera al valorar los terrenos a valor de mercado está exenta. Adicionalmente se genera derecho a la deducción por donaciones a entidades sin fines lucrativos.
Una operación cuyo cobro se acuerda para un plazo superior al año se califica como operación a plazo, si se opta por ello, aunque posterior y sobrevenidamente se anticipe su vencimiento.
Si los empleados no están vinculados entre sí, y ninguno adquiere la mayoría del capital en la entidad con bases imponibles negativas, la entidad mantiene el derecho a su compensación.
Las aportaciones de los socios no se tienen en cuenta ni para determinar el incremento de fondos propios, ni para el cumplimiento del requisito de mantenimiento, por lo que la reducción de capital con devolución de aportaciones tampoco debe tenerse en cuenta a los efectos del cumplimiento del requisito de mantenimiento de fondos propios.
Con efectos para los períodos impositivos del IS, del IRNR y del IRPF iniciados entre el 1-1-2023 y el 31-12-2028 se ha aprobado el desarrollo de la Reserva para Inversiones en Illes Balears, destacando la regulación de los requisitos aplicables a las inversiones que sirven para su materialización.
Con efectos para los períodos impositivos del IS, del IRNR y del IRPF iniciados entre el 1-1-2023 y el 31-12-2028, se ha aprobado el desarrollo reglamentario del Régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras, destacando las particularidades respecto a los contribuyentes del IRPF que tributen por el método de estimación directa, y la delimitación de ciertas actividades a las que resulta de aplicación el régimen.
Solo las entidades con personalidad jurídica plena son contribuyentes del IS, por lo que, cuando entre la fecha de presentación a inscripción y la inscripción, se produce el devengo, las rentas que se generan desde el otorgamiento de la escritura de constitución hasta su inscripción en el Registro Mercantil, están sujetas al régimen de atribución de rentas.