Reparto de dividendos tras una reorganización empresarial (RF 37/23 12 de Septiembre de 2023 al 18 de Septiembre de 2023)

Aunque contablemente se considere una minoración del valor contable de la inversión, si la operación se acoge al régimen especial, por el principio de subrogación, se deben considerar como beneficios no distribuidos los existentes en el momento de realizarse la operación.

Dividendos procedentes de participaciones recibidas en una operación de reorganización empresarial

La participación procedente de una aportación no dineraria acogida el régimen de reorganizaciones empresariales efectuada por una persona física, mantiene la antigüedad del aportante, por lo que los dividendos percibidos están exentos y no sujetos a retención o ingreso a cuenta.

Dividendos procedentes de participaciones recibidas en una operación de reorganización empresarial

La participación procedente de una aportación no dineraria acogida el régimen de reorganizaciones empresariales efectuada por una persona física, mantiene la antigüedad del aportante, por lo que los dividendos percibidos están exentos y no sujetos a retención o ingreso a cuenta.

Dividendos procedentes de participaciones recibidas en una operación de reorganización empresarial

La participación procedente de una aportación no dineraria acogida el régimen de reorganizaciones empresariales efectuada por una persona física, mantiene la antigüedad del aportante, por lo que los dividendos percibidos están exentos y no sujetos a retención o ingreso a cuenta.

Distribución de dividendos procedentes de beneficios previos a la adquisición de la participación

Si en el reparto de beneficios previos a la adquisición de la participación se puede aplicar la deducción por doble imposición de dividendos porque se puede probar que el transmitente ha tributado por la plusvalía obtenida sin aplicar ningún incentivo fiscal, y posteriormente dicho transmitente aplica la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios, debe regularizarse la deducción practicada para aplicar el porcentaje del 18% a la parte de dividendos que se correspondan con la renta que ha generado la deducción por reinversión.

Obligación de retener en el reparto de dividendos

Si el reparto de dividendos tiene la consideración fiscal de devolución indirecta del capital, aportaciones o prima de emisión, no existe obligación de retener.

Distribución de dividendos y retenciones

Si el reparto de dividendos tiene la consideración fiscal de devolución indirecta del capital, aportaciones o prima de emisión, no existe obligación de retener.

Obligación de retener en el reparto de dividendos

Si el reparto de dividendos tiene la consideración fiscal de devolución indirecta del capital, aportaciones o prima de emisión, no existe obligación de retener.

Distribución de dividendos y retenciones

Si el reparto de dividendos tiene la consideración fiscal de devolución indirecta del capital, aportaciones o prima de emisión, no existe obligación de retener.

La deducción de gastos financieros en el Impuesto de Sociedades

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 53-54. Julio/Agosto 2011 Francisco de la Torre Díaz Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN. LA ESTRUCTURA FINANCIERA   El Impuesto de Sociedades (IS) ha descansado históricamente en la diferencia entre fondos propios y […]