Negociación colectiva durante 2012 en el sector público

Durante el año 2012 las retribuciones del personal laboral al servicio del sector público no pueden experimentar incremento alguno, correspondiendo al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas informar favorablemente la cuantía y límite de la masa salarial como requisito previo a la negociación colectiva. Además, la autorización debe tener en cuenta las previsiones de la ley de presupuestos respecto a la minoración del concepto de acción social para lo que se suspenden los pactos y acuerdos que contengan previsiones en contrario.

Jurisprudencia y doctrina unificada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (de enero a abril de 2012)

Artículo publicado en Actum Social nº 63. Mayo 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]

La prueba en el proceso laboral en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Artículo publicado en Actum Social nº 62. Abril 2012 Ricardo Bodas Martín Presidente Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ÍNDICE I. PRINCIPIOS DEL PROCESO DE TRABAJO II. OBJETIVO DE LA PRETENSIÓN III. OPOSICIÓN A LA DEMANDA IV. RÉGIMEN […]

Sentencias sociales del Tribunal Constitucional y del TEDH en el primer trimestre del 2012

Artículo publicado en Actum Social nº 62. Abril 2012 Magdalena Nogueira Guastavino Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ex Letrada del Tribunal Constitucional Jesús Mercader Uguina Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social […]

Tratamiento fiscal de los socios de entidades mercantiles

La AEAT clarifica mediante una nota el tratamiento fiscal que debe otorgarse a los sueldos de socios-profesionales de sociedades mercantiles: si los socios prestan servicios a la sociedad, distintos de los propios de los miembros del órgano de administración, los mismos se calificarán como rendimientos del trabajo, salvo que la contraprestación de tales servicios deba calificarse como rendimiento de actividad económica por existir ordenación por cuenta propia y medios de producción en sede del socio.

El director gerente de un hospital de la seguridad social es personal de alta dirección

Aunque en el momento de contratar al gerente de un hospital -abril de 1990- existiese un vacío legal para calificar tal contratación como alta dirección, este régimen debe entenderse aplicable a partir del 13-5-2007 (fecha de entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público L 7/2007) y, en consecuencia, el cese unilateral por la empresa constituye un desistimiento y no un despido.

Deducciones autonómicas en el IRPF de Aragón

Con efectos desde el 1-1-2012 se aprueba una nueva deducción por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades de nueva o reciente creación dedicadas a la investigación y desarrollo. Asimismo, para incentivar el acceso de los jóvenes a la vivienda en el medio rural aragonés, se establece una deducción del 5% de las cantidades invertidas en la adquisición o rehabilitación de la vivienda.