Nuevo Reglamento del ISD en Gipuzkoa
Aprobación del nuevo Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Gipuzkoa.
Aprobación del nuevo Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Gipuzkoa.
Aprobación del modelo 470 de pago a cuenta del año 2012 del Impuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito de Canarias.
Se establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos constituidas para aislar y dar salida en el mercado a los activos cuya integración en el balance de las entidades está lastrando la recuperación del crédito.
Se introducen una serie de modificaciones en la Ley del IVA con la finalidad de facilitar la gestión del impuesto en las situaciones de declaración de concurso.
Con efectos desde el 31-10-2012 se ha aprobado la L 8/2012 sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero. En materia de ITP y AJD, esta Ley recoge, en los mismos términos, la exención en ITP y AJD- y también en IVA- aplicable a la transmisión de valores establecida en su día por el RDL 18/2012 (publicado en el BOE 12-5-2012, Ce 30-5-12 y que la presente Ley deroga).
Para declarar la exención de las indemnizaciones por despido es necesario que se produzca conciliación o resolución judicial.
Artículo publicado en Actum Social nº 67. Septiembre 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 67. Septiembre 2012 Juan Calvo Vérgez Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. II. EXENCIONES ANÁLOGAS A LAS ENTREGAS. III. EXENCIONES DESTINADAS A FACILITAR LA LIBRE CIRCULACIÓN […]
La gestión de títulos-valores consistente en un servicio remunerado en el que un sujeto pasivo decide, conforme a su propio criterio, sobre la compra y la venta de títulos-valores y ejecuta dichas decisiones comprando y vendiendo los títulos-valores, no está exenta de IVA.
Entre otras medidas, se modifican las consecuencias de la presentación extemporánea de la revocación de la prorrata especial y el contenido de la solicitud de devolución del IGIC, y se establecen nuevas exigencias en materia de facturación y liquidación del impuesto.
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