Regla de valoración en caso de cambio de domicilio y transferencia de bienes al extranjero
La regulación que establece que en los casos de traslado a otro Estado miembro de la residencia de una sociedad establecida en España, y de transferencia a otro Estado miembro de activos de un establecimiento permanente situados en España, las plusvalías no realizadas se integran en la base imponible, es contraria a la libertad de establecimiento establecida en la normativa comunitaria. No ocurre lo mismo con la regulación del cese de actividades en España de un establecimiento permanente.