Fecha de las ampliaciones de capital a efectos del IS
Cuando la escritura de ampliación de capital sea de un año distinto al de su inscripción en el Registro Mercantil, como fecha de ampliación de capital prevalece la primera.
Cuando la escritura de ampliación de capital sea de un año distinto al de su inscripción en el Registro Mercantil, como fecha de ampliación de capital prevalece la primera.
Con el objetivo de desarrollar los criterios para el registro de las implicaciones contables de la regulación mercantil de las sociedades de capital en materia de aumento y reducción de capital social, entre otras, se regula el registro contable de los aumentos de capital para compensar pérdidas, así como de la entrega gratuita de derechos de asignación como retribución al accionista.
En una operación de fusión las sociedades han de formular las cuentas anuales sin tener en cuenta los efectos contables de la fusión, sin perjuicio de la obligación de información que se ha de incluir en la memoria sobre la existencia de dicha operación.
Las rentas derivadas de operaciones de separación de socios deben integrarse en la base imponible del período impositivo en el que se realice la operación. Si es objeto de un procedimiento judicial se imputa al ejercicio en el que la sentencia es firme.
Cuando en la sociedad existen resultados negativos de ejercicios anteriores, es posible el reparto de dividendos siempre que se cumplan las exigencias obligatorias en cuanto a la dotación de las reservas.
Se amplía hasta el 31-12-2016 la suspensión de la aplicación del derecho de separación del socio en caso de falta de distribución de dividendos.
En las aportaciones no dinerarias de negocios cuando la sociedad adquirente y la transmitente, o el propio negocio aportado, tienen la calificación de empresa del grupo, el negocio recibido deber registrarse por el valor contable que tuviera en las cuentas anuales consolidadas elaboradas según las NOFCAC en la fecha en la que se realiza la operación. Si estas no se formulasen, se toman los valores que tuviera el negocio en las cuentas anuales individuales de la sociedad aportante.
En el supuesto del derecho de separación del socio por falta de distribución de dividendos, mientras que el mismo no ejerza el derecho de rescate de su inversión, no se puede reconocer un pasivo, pero deberá informarse en la memoria de esta situación.
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