Régimen especial de desplazados a territorio español (RF 50/23 12 de Diciembre de 2023 al 18 de Diciembre de 2023)

Con efectos a partir del 16-12-2023, se aprueba un nuevo modelo 149, de comunicación de la opción, de la renuncia a la misma, de la exclusión o del fin del desplazamiento, del régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español; así como un nuevo modelo 151 de declaración del Impuesto para los contribuyentes acogidos a este régimen.

Tributación en el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas de los trabajadores acogidos al régimen especial de impatriados (RF 18/23 02 de Mayo de 2023 al 08 de Mayo de 2023)

Los sujetos pasivos del Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas que estén debidamente acogidos al régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, y que, por tanto, tributen por el IRNR, quedan sujetos al Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas por obligación real durante todo el plazo en el que estén acogidos al IRNR.

Régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español (RF 34/22 23 de Agosto de 2022 al 29 de Agosto de 2022)

Tributan en el régimen los rendimientos del trabajo por el ejercicio del derecho de adquisición de acciones del grupo otorgadas a un contribuyente por haber alcanzado los objetivos fijados para un período de tres años, aunque parte de ese tiempo el contribuyente no fuera residente fiscal en España ni se hubiera acogido al régimen especial.

Renuncia al régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español (RF 17/22 26 de Abril de 2022 al 02 de Mayo de 2022)

Los contribuyentes que hayan optado por la aplicación del régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español no pueden rectificar las autoliquidaciones de los ejercicios no prescritos, anulando los respectivos modelos 151, y declarar las rentas de dichos ejercicios mediante modelos 100, solicitando, en su caso, la devolución de las cantidades ingresadas de más, pudiendo únicamente renunciar a dicho régimen en los términos establecidos reglamentariamente (RIRPF art.117).

Régimen aplicable a la final de la UEFA Europa League 2022 (RF 09/22 01 de Marzo de 2022 al 07 de Marzo de 2022)

Con efectos a partir del 2-3-2022, las personas físicas que adquieran la condición de contribuyentes del IRPF como consecuencia de su desplazamiento a territorio español con motivo de la final de la UEFA Europa League 2022, podrán optar por tributar por el régimen especial para trabajadores desplazados a territorio español.

Regímenes especiales en el IRPF de Bizkaia (RF 50/21 14 de Diciembre de 2021 al 20 de Diciembre de 2021)

Se amplía el plazo para optar por tributar en el régimen especial de trabajadores desplazados y se incrementa el porcentaje de rendimientos exentos para las personas trabajadoras cualificadas impatriadas. Asimismo, se aprueba un nuevo régimen especial de retribuciones específicas en el ámbito del emprendimiento.

Prueba de residencia en el extranjero en ejercicios anteriores (RF 42/21 19 de Octubre de 2021 al 25 de Octubre de 2021)

La presunción de veracidad de autoliquidaciones presentadas en ejercicios anteriores sobre la que se sostiene la denegación por la Administración de la aplicación del régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español, puede ser desvirtuada si la parte interesada aporta pruebas que puedan llevar a la autoridad competente a la conclusión de que su residencia fiscal durante los últimos diez años anteriores estaba efectivamente en el extranjero.

Modificaciones en el Reglamento del IRPF (RF 42/21 19 de Octubre de 2021 al 25 de Octubre de 2021)

Con efectos a partir del 21-10-2021, se modifica el RIRPF, para adaptarlo a los cambios introducidos en la LIRPF por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021, a la vez que se desarrollan determinados aspectos de tales medidas.

Fraccionamiento extraordinario del pago de la deuda del IRPF del ejercicio 2020 para trabajadores afectados por un ERTE (RF 14/21 06 de Abril de 2021 al 12 de Abril de 2021)

Los trabajadores por cuenta ajena afectados por un ERTE en el año 2020, cuya declaración del IRPF de ese ejercicio resulte a ingresar como consecuencia de haber percibido rendimientos del trabajo de más de un perceptor sin que le hubieran sido practicadas las retenciones correspondientes, pueden fraccionar en seis meses el pago de la deuda tributaria del IRPF de ese ejercicio, tanto si presentan declaración individual como si la presentan conjunta.

Gipuzkoa: desarrollo reglamentario del régimen especial de tributación para trabajadores o trabajadoras desplazados en el IRPF

Se incluyen diversas modificaciones en el Reglamento foral del IRPF de Gipuzkoa con el objeto de desarrollar el régimen especial de tributación para trabajadores o trabajadoras desplazados