Competencia judicial internacional de los tribunales españoles excluida en casos de inmunidad de jurisdicción o ejecución

A partir del 1-10-2015 se recoge expresamente que los tribunales civiles españoles conocen de las pretensiones suscitadas en España de acuerdo con la norma internacional, la de la UE y la normativa nacional salvo los supuestos en los que exista inmunidad de jurisdicción o ejecución de acuerdo con el Derecho Internacional Público. Los tribunales españoles tienen competencia exclusiva y preferente el reconocimiento y ejecución en territorio español de sentencias y demás resoluciones judiciales, decisiones arbitrales y acuerdos de mediación dictados en el extranjero que ya no se atribuye en exclusiva al orden civil. No se modifica la norma interna sobre competencia internacional en materia social pero se recoge la obligación de los tribunales nacionales de pronunciarse sobre su competencia internacional y algunas definiciones importantes: pacto de sumisión expresa y domicilio de personas físicas y jurídicas

Reforma impuesto sobre sociedades: régimen general

Se ha aprobado una nueva ley del impuesto sobre sociedades que, aunque contiene importantes novedades, mantiene la estructura y en líneas generales el contenido de la normativa anterior, partiendo del resultado contable para la determinación de la base imponible.

Reforma del IS

Se ha aprobado una nueva ley del IS que, aunque contiene importantes novedades, mantiene la estructura y en líneas generales el contenido de la normativa anterior, partiendo del resultado contable para la determinación de la base imponible.

Derogación de la Ley de hipoteca naval

Nueva regulación de la hipoteca naval por la Ley de navegación marítima.

Obligaciones tributarias formales en Gipuzkoa

Se aprueba en Gipuzkoa el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales. A través de este Reglamento se sistematiza y codifica la mayoría de las obligaciones tributarias formales ya aprobadas en disposiciones vigentes, además de desarrollar otras que se incorporan de forma novedosa en el ordenamiento tributario guipuzcoano, como es el caso de las obligaciones de información de bienes y derechos sobre los mismos situados en el extranjero. Además, recoge las novedades que, en materia de censos tributarios y de las obligaciones de información sobre las operaciones con terceras personas, se han aprobado en territorio común en relación a la implantación del régimen especial del criterio de caja del IVA.

Tributación en caso de cambio de domicilio y transferencia de bienes al extranjero

La regulación del IS que establece que en los casos de traslado a otro Estado miembro de la residencia de una sociedad establecida en España, y de transferencia a otro Estado miembro de activos de un establecimiento permanente situados en España, las plusvalías no realizadas se integran en la base imponible, es contraria a la libertad de establecimiento establecida en la normativa comunitaria. No ocurre lo mismo con la regulación del cese de actividades en España de un establecimiento permanente.

Regla de valoración en caso de cambio de domicilio y transferencia de bienes al extranjero

La regulación que establece que en los casos de traslado a otro Estado miembro de la residencia de una sociedad establecida en España, y de transferencia a otro Estado miembro de activos de un establecimiento permanente situados en España, las plusvalías no realizadas se integran en la base imponible, es contraria a la libertad de establecimiento establecida en la normativa comunitaria. No ocurre lo mismo con la regulación del cese de actividades en España de un establecimiento permanente.